Cuando en el 2015 los comuneros de Apurímac protestaron contra el proyecto minero Las Bambas, dijeron "desconocer la modificatoria del Estudio de Impacto Ambiental (EIA) por carecer de sustento legal y social". Las comunidades campesinas de Cotabambas y Grau exigieron que las modificaciones al EIA del proyecto de MMG Limited sean puestas a Consulta Previa

Originalmente, estaba planeada la construcción de un mineroducto para trasladar los minerales. Sin embargo, con la adquisición de Glencore y su posterior venta a la empresa china MMG Limited, se decidió que las 450 mil toneladas de minerales sean trasladadas en camiones por las carreteras ubicadas en la zona de las comunidades campesinas.

En total, fueron 6 modificaciones registradas por el Ministerio de Energía y Minas (Minem). En una publicación en Facebook, Alicia Abanto Cabanillas, adjunta de la Defensoría del Pueblo en temas de medio ambiente, servicios públicos y pueblos indígenas, comparte estas variaciones en los EIA de Las Bambas:

Acusan falta de transparencia

Abanto Cabanillas señala "falta de transparencia e información, participación y consulta previa a las comunidades indígenas quechuas", las que son "algunas de las causas de fondo de este conflicto socioambiental".

"Este caso también evidencia el abuso de la simplificación de requisitos para "eliminar las trabas" (pedido tan reiterado de algunas empresas) que en este caso ha generado vulneraciones de varios derechos", afirma.

En una publicación en Facebook, la adjunta de la Defensoría del Pueblo sostiene que el Minem "debe explicar ante autoridades de control por qué autorizó cambios significativos sin participación ni consulta". 


¿Por qué consulta previa en Las Bambas?

El artículo 7 de la Ley N° 29785 (Ley de Consulta Previa) indica los criterios para identificar a los pueblos indígenas y se señala que "las comunidades campesinas o andinas y las comunidades nativas o pueblos amazónicos pueden ser identificados también como pueblos indígenas u originarios, conforme a los criterios señalados en el presente artículo".

Y, como resalta Abanto Cabanillas, en la zona de Las Bambas, hay comunidades campesinas quechuas, que tienen derecho a la consulta previa, en correspondencia con la ley vigente y que es exigido a los Estados en el Convenio 169 de la OIT y la Declaración de la ONU sobre Pueblos Indígenas.


(Foto de portada: lasbambas.com)


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