¿Habrá cambio de chip en Sunat?
Tributarista José Verona nos explica puntos claves del tramo impositivo del paquete Castilla de reactivación económica.
Esta semana, el Congreso recibió formalmente el Proyecto de Ley con las medidas destinadas a poner coto a la desaceleración del crecimiento para el presente año. Diseñado e impulsado por el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) y aupado por el Ministerio de la Producción (Produce) y los gremios empresariales locales, el paquete contiene un capítulo tributario que en esta nota analizamos junto al especialista José Verona.
¿Son propuestas sólidas? ¿Cuáles son los cambios que podría provocar en la actitud de la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria (Sunat)?
Al cierre de esta nota, el paquete pasó de la Comisión de Economía (quien debatió el documento con antelación) al Pleno . Y el Pleno, al borde del fin de la legislatura, delegó a la Comisión Permanente facultades para debatir y aprobar medidas durante el receso parlamentario.
Contexto
El paquete Castilla llega con propuesta en el rubro tributario en una coyuntura donde pequeñas, medianas y grandes empresas se enfrentan a un panorama de desaceleración económica, con una tasa de referencia inamovible desde el BCR, lo que no estimula a las compañías a tomar créditos para impulsar proyectos o ampliación de planta.
Las medidas propuestas en lo tributario, permitirán enfrentar en mejores condiciones el costo financiero de asumir un pasivo tributario producto de una deuda impositiva.
En el ranking de los 100 principales deudores al cierre de marzo del presente año, se concentra un saldo de capital de más de S/.16 mil millones. Sin embargo, el universo de deudores es más amplio pues se trata de empresas y personas naturales que arrastran pasivos desde hace más de una década. De acuerdo a Luis Miguel Castilla, titular del MEF, serían más de 180 mil contribuyentes los favorecidos en lo tributario por el Proyecto de Ley 3627-2014. El punto es que la operatividad con la que Sunat hará efectiva la medida aún no ha sido aclarada.
El monto de deudas que Sunat disminuiría –de acuerdo a Castilla- sería de S/.20 mil millones. En el rol se encontrarían tanto empresas de formato mediano como grandes corporaciones. De momento, Sunat en actitud taimada tampoco ha revelado de quiénes se trata, acogiéndose a la mentada “Reserva Tributaria”.
Desentrañando a la Sunat
La Sunat no ha sido clara, transparente, oportuna y la capacidad de transmitir tranquilidad sigue el atávico hermetismo de la institución recaudadora.

tributarista josé verona planta cara a vacíos de la sunat. foto: grupo verona.
Para José Verona, abogado tributarista, director del Grupo Verona y experto en litigios y contenciosos con el ente recaudador, son seis puntos los que destacan en el paquete de medidas. Verona los desentraña desde lo técnico. Saluda algunos puntos con pulgar arriba, otros… no tanto.
1. PROCESO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO.
Anteriormente, los litigios por deudas ante la Sunat en el Poder Judicial y la injerencia de éste en procesos contenciosos, demandaba que el contribuyente garantice, vía una Carta Fianza bancaria, el 100% de monto motivo de la causa. En la directiva tributaria del paquete y destacada en el Proyecto de Ley, la caución, es del 60% del saldo en querella como medida cautelar.
“No aceptamos esto” tercia Verona. “Los tributaristas no lo aceptamos porque la ley es clara, los procesos deben ser gratuitos”. Lleva razón, de acuerdo a la Constitución Política del Perú (y de otras naciones) nadie está impedido de hacer lo que la ley no ordena. Y es derecho universal que –salvo indicación expresa en contrario- los procesos ante tribunales no conllevan pago dinerario ya sea como prenda o garantía para continuar con el sumario.
Con el añadido que, de acuerdo a Verona, por regla general “el tribunal fiscal es ‘pro Sunat’ (...) de 7 a 12 vocales de la instancia son ex funcionarios de Sunat” informa el especialista.
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2. CAMBIO DE ACTITUD.
De acuerdo al tributarista, el enfoque de SUNAT era recaudar, cumplir con una meta específica de presión tributaria; ahora y a propósito del paquete de medidas, tiene que ver con reducir quejas, ampliar la base impositiva y en el camino incrementar la presión tributaria que se encuentra en atraso con menos de 16% del PBI al 2013 según Sunat. “Parece que hay un cambio de chip en la Sunat” anota el abogado respecto a esta transformación de maneras.
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3. CONTRATOS DE ESTABILIDAD TRIBUTARIA.
Sunat estableció -se especula que en concordancia con los cambios en materia ambiental del paquete- que las empresas mineras cuyas inversiones excedan los US$500 millones (ya sea en afán de exploración o explotación y con una potencial producción de 15 toneladas/año) tendrán un tratamiento especial por 15 años contados a partir del ejercicio en que se acredite la ejecución de la inversión. Esto para sortear el riesgo tributario, esto es, no se les cambiarán las reglas de juego impositivas en el camino.
Pulgar en modo neutro (no Pulgar-Vidal ojo).
4. ELIMINACIÓN DE LA CAPITALIZACIÓN A LA SUNAT.
Verona hizo un ejercicio cuantitativo al respecto del ‘antes’ y ‘después’ de la medida tributaria. Ejemplificó un caso a propósito de la capitalización que practicaba Sunat antaño, la que califica el especialista como “leonina”. Una deuda contraída por un contribuyente se podía duplicar en capital e intereses en cuatro años. Con la nueva directriz, el ‘engorde’ de la deuda podría ser sensiblemente menor pues el capital e intereses no crecerían por efecto de trasladar –año a año- el recálculo del saldo deudor y empezar el nuevo período fiscal con un principal más grande.
Pulgar arriba.
5. RECLAMO SOBRE INTERESES.
La nueva normativa contempla un plazo más holgado para el reclamo o apelación -hasta dos años- para el contencioso de intereses devengados por deudas. Suena lógico, sobre todo porque los procesos judiciales suelen ser de largo aliento, apelación incluida. Pero Sunat no devela cómo se haría. No está clara la operatividad que tendría el ente ni si hay garantías de celeridad y neutralidad.
Pulgar neutro.
6. TRIBUNAL FISCAL.
El litigio podrá mejorar con la norma anterior propuesta en el tramo administrativo tributario del Paquete Castilla a propósito del plazo para resolver apelaciones: si el Tribunal Fiscal demora más de 12 meses en una apelación, no correrían intereses. No obstante este condicionante que acelera el proceso, la perla de Sunat respecto a cartas fianza y garantías para ejercer el derecho a la gratuidad de un proceso "...es un pendiente por resolver por el Gobierno de Humala ya que ellos impusieron la garantía (carta fianza) en el 2012”, explica Verona.
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Lógica Sunat
En una entrevista publicada en La República, la jefa de Sunat Tania Quispe no mencionó nombres de deudores. Trasladó –en amague de broma- la responsabilidad a la burocracia de Sunat y cómo no, a sus asesores. Hizo broma, eso sí.
“Una vez que el Congreso apruebe el proyecto de ley, pueden acercarse a la Sunat para pedir su estado de adeudos y ahí corroborar si están dentro del rango de tiempo que aplica a la medida. Ahí mismo se les podría recalcular a cuánto ascendería el monto de su deuda con la descapitalización de intereses para que decidan si quiere acogerse al beneficio”, dijo o mejor expresado, desvió Quispe en la entrevista.
“Te daría la ‘pepa’ (noticia en el argot periodístico), pero mis asesores son duros. No soy yo, son duros ellos, no quieren soltar nada de información hasta terminar la investigación (risas)”, acotó jocosa para La República la alta funcionaria, a propósito de los contribuyentes que podrían ser exonerados de las detracciones.
Según Verona estamos ante una inhibición de la Sunat que se traduce en una figura: ‘Reserva Tributaria’. Explicando que este concepto suena más a excusa que a tecnicismo legal válido, Verona anota "...la reserva tributaria tiene que ver con tributo, período y monto. Si se informa que se debe una cantidad a Sunat, esto no viola la reserva tributaria, pero si se detalla -por ejemplo- que la deuda corresponde al Impuesto General a las Ventas en un período determinado eso sí constituye reserva tributaria. Si no se dice -por separado- qué tributo es, a qué período corresponde y cuál es la base imponible no hay reserva. La Sunat debe salir a informar con transparencia: 'esta' es la lista de los beneficiados y con tales montos".
Panorámica
El especialista anotó además que el cálculo del ministro Castilla (180 mil beneficiados) es un universo potencial. No todos podrían acogerse a la norma, menos con la poca información que Sunat está dispuesta a dar.
“Yo, como empresa o persona natural tengo que solicitar la reducción y tengo hasta el 31 de diciembre del 2014 (…) De los 180 mil beneficiarios de la reducción, calculo que 10 mil contribuyentes (entre empresas y personas naturales) solicitarán la prerrogativa”, mencionó Verona.

especialista con suspicacia: saluda algunas medidas del paquete en lo tributario, otras no. foto: grupo verona.
En la reacción del tributarista respecto a las medidas tributarias se siente un tirón con sabor a suspicacia.
Quispe tiene que dejar la chanza y otorgar más seguridad ante el escrúpulo de los agentes económicos. La medida tributaria no amerita rúbrica en secreto y lacrada, exige transparencia, pronunciamiento.
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Economista, periodista, docente. Corresponsal para Latinoamérica de iForex financial news, consultor y analista. Sígueme en @eduardo_recoba
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