Ante la aprobación del proyecto de ley que no garantiza una educación con enfoque de género, la Defensoría del Pueblo pide que el presidente Pedro Castillo observe dicha norma, ya que vulnera el principio del interés superior de la niñez y afecta el derecho a le educación.

A través de un comunicado, la Defensoría expresó su rechazo a la aprobación de la proyecto de ley 904-2021, debido a que contraviene la Constitución Política y no está alineada a los objetivos de la Política Nacional Multisectorial para Niñas, Niños y Adolescentes al 2030, la Política Nacional de Igualdad de Género, el Proyecto Educativo Nacional al 2036, el Currículo Nacional de la Educación Básica (CNEB) y los nuevos Lineamientos de Educación Sexual Integral (ESI).

Además, dicha norma no se condice con los derechos y principios consagrados en la Convención sobre los Derechos del Niño.

"Nuestra institución considera que el condicionamiento de la publicación de materiales educativos al consentimiento previo de progenitores, constituiría un peligroso precedente para todas las políticas públicas, pues institucionalizaría -a través de una ley- un derecho a veto por parte de personas con creencias o prejuicios, generando inestabilidad y falta de seguridad jurídica para la protección de los derechos humanos de las personas, y particularmente, de las y los estudiantes. Además, ello desconocería el rol rector del Ministerio de Educación (Minedu) para cumplir su mandato de definir la política educativa y pedagógica nacional, pero sobre todo lo limitaría en la definición de los contenidos educativos", sostuvo.

La Defensoría resaltó que la Educación Sexual Integral (ESI), acorde con el segundo objetivo prioritario de la Política Nacional de Igualdad de Género, contribuye a reducir problemas relacionados con la salud sexual y reproductiva, como la tasa de embarazos en la adolescencia; además, promueve la igualdad de género, permitiendo reducir o prevenir la violencia basada en el género, crear entornos de aprendizaje seguros e inclusivos, conforme lo ha señalado la Unesco.

Además, destacó que se ha podido comprobar la importancia de la aplicación de la ESI en las experiencias exitosas de la I. E. El Nazareno, en Pamplona Alta, San Juan de Miraflores y la I. E. José Faustino Sánchez Carrión, en el distrito de San Juan Bautista, Ayacucho, donde lograron reducir a cero el embarazo adolescente implementando la ESI desde el 2013. Por ello, el Minedu debe difundir de forma clara y sencilla el significado de la ESI, su importancia y beneficios en toda la población, especialmente, en las y los estudiantes desde temprana edad.

Para la Defensoría, la aprobación de este proyecto da la espalda a la dura realidad que enfrenta nuestro país y a los problemas que afectan a las personas en situación de vulnerabilidad, como son niñas, niños, y adolescentes. Con la propuesta aprobada por el Congreso, se les impediría a los menores acceder a una educación libre de estereotipos y prejuicios de género, así como también al ejercicio del derecho a la salud sexual y reproductiva, en un contexto nacional donde las cifras de embarazo, al igual que las de violencia sexual, son históricamente altas, recurrentes y muestran la vulneración de sus diversos derechos.

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El Estado está obligado a implementar la ESI en el entorno escolar, sin injerencia alguna que impida que las/os estudiantes accedan a ella y según lo dispuesto en la Convención sobre los Derechos del Niño. De acuerdo a la última encuesta de Católicas por el Derecho a Decidir, el 92 % de personas encuestadas considera que la ESI permite construir una sociedad donde niñas y mujeres tengan los mismos derechos que los hombres y el 89% considera que contribuye a prevenir embarazos no deseados.

La Defensoría señaló que el derecho a la ESI es parte del derecho a la educación y que la obligación estatal relativa al derecho a la salud sexual y reproductiva implica brindar educación e información integrales teniendo en cuenta las capacidades evolutivas de niñas, niños y adolescentes, tal como lo ha señalado la Corte Interamericana de Derechos Humanos, el Comité de los Derechos del Niño y el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer.

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Entre enero a marzo del año en curso, los CEM a nivel nacional atendieron 4016 casos de violencia sexual hacia niñas, niños y adolescentes. Además, según el Sistema de Registro de Certificado de Nacido Vivo del Ministerio de Salud (Minsa), entre enero y abril, se registraron 316 nacimientos a nivel nacional, cuyas madres tenían el rango de edad de 0 a 14 años.

Por todo ello, la Defensoría del Pueblo solicitó al presidente Castillo que observe la propuesta normativa recientemente aprobada y solicite su archivamiento, en ejercicio de la facultad conferida en el artículo 108 de la Constitución Política del Perú y principalmente, en cumplimiento de sus obligaciones internacionales suscritas en materia de derechos de niñas, niños y adolescentes, y en estricto respeto del principio del interés superior de la niñez y adolescencia.


[Foto de portada: Andina]


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