De acuerdo a la última medida gubernamental, la labor de los trabajadores que realizan el servicio de delivery (restaurantes) están en la lista de actividades esenciales. En conferencia de prensa esta tarde, el presidente Martín Vizcarra había adelantado que los domingos sí se iba a permitir el delivery. "Esos detalles va a estar en la norma claramente explicada”, dijo el mandatario.

Finalmente, esto se confirmó con el Decreto Supremo N° 139-2020-PCM, publicado esta noche, que precisa que, durante la inmovilización social obligatoria, se exceptúa al personal que participa en la prestación de los servicios de restaurante para entrega a domicilio.

Es cierto que el servicio de delivery sirve a muchas personas y es una medida para evitar las colas; sin embargo, no debemos olvidar la seguridad y salud de las personas que laboran repartiendo comida de restaurantes.

[Lee también: Delivery en emergencia sanitaria: ¿Cómo cuidar la salud de repartidores y comensales?]

En el caso de las grandes empresas formales que contraten a personas para desempeñar la labor de repartidores, es posible la fiscalización y el control por parte del Estado. Pero, ¿qué ocurre con las empresas informales o las empresas pequeñas? Según cifras del Ministerio de Producción, Perú cuenta con 220,000 restaurantes de los que solo el 20% son formales.

[Lee también: Ministra de Producción: “Aplicaciones de delivery no aplican en esta etapa, no tienen una regulación"]

Por otro lado, ¿qué ocurre con las personas que trabajan para empresas de plataformas digitales sin derechos laborales? Ahí el control estatal de las condiciones de trabajo se hace muy complicado. 

Según la Resolución Ministerial N° 163-2020-PRODUCE, que aprobó el protocolo sanitario de operación ante el Covid-19 para la actividad económica de delivery realizada por terceros, se denomina a "trabajador" como "persona que tiene vínculo laboral con el empleador; y a toda persona que presta servicios dentro del centro de trabajo, cualquier sea la modalidad contractual; incluyendo al personal de contratas, subcontratas, tercerización de servicios, entre otras". Sin embargo, cuando se refieren a las personas que trabajan repartiendo comida/alimentos a través de las plataformas digitales, precisa que son "repartidores independientes". 

Para estas personas trabajadoras, que se estima son al menos 18,000 en Lima Metropolitana y Callao, no hay ningún tipo de pruebas Covid-19 como medida de control para evitar contagios y, como no están en planilla, se hace complicada la fiscalización laboral.

La modalidad de trabajo de los repartidores y sus derechos es un vacío legal que se viene arrastrando desde antes de la pandemia. En noviembre del 2019, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) creó un Grupo de Trabajo para que realice recomendaciones para mejorar las condiciones de empleo de las personas que prestan servicios en plataformas digitales. En el informe final, resaltan que la Organización Internacional del Trabajo (OIT) recomienda establecer una "Garantía Laboral Universal"; lo que consiste en que los trabajadores, independientemente del vínculo laboral que se tenga, puedan disfrutar de los derechos fundamentales laborales, tener mayor autonomía sobre su tiempo, pudiendo conciliar la vida profesional con la personal, así como se les reconozca el derecho a la libertad sindical y a la negociación colectiva. 

Además, según este informe, la relación entre repartidores y empresas de plataformas digitales podría ser una relación laboral, ya que la definición de subordinación es amplia de acuerdo a la Ley de Productividad y Competitividad y resulta aplicable a estos casos.

Para la socióloga Alejandra Dinegro, especialista en relaciones laborales y plataformas digitales, se debe considerar como "trabajo" y no "colaboración" la actividad realizada por los repartidores de aplicativos. Por ello, se debe recoger la recomendación del informe final del MTPE para reconocer vínculo laboral entre repartidores y las empresas de plataformas digitales. Además, propuso, se deben presentar incentivos para quienes contraten su propio servicio de delivery.


[Foto de portada: Andina]


Notas relacionadas en LaMula.pe:

¿Hay relación laboral entre repartidores y empresas digitales? Esto dice el informe del grupo de trabajo creado por el MTPE

Produce: "Como industria, creemos que la salud de los repartidores independientes es lo más importante"

Produce: Empresas de delivery podrían solicitar permisos desde próxima semana