Cuando la noche del pasado 15 de marzo el gobierno peruano anunció el estado de emergencia nacional por la pandemia del Covid-19, no precisó si estaba considerando como "actividad esencial" a la fiscalización laboral realizada por la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (SUNAFIL). Esto explica que, esa misma noche, esta institución comunicó a todos sus trabajadores que "todo el personal" iba a tener suspendidas sus labores en cumplimiento de la cuarentena (del 16 de marzo al 30 de marzo).

A pesar que luego, ante las denuncias de presuntos abusos laborales en medio de la cuarentena, la SUNAFIL anunció que sí iba a atender consultas y/o denuncias virtuales y telefónicas, la inspección de trabajo siguió siendo excluida de la lista de "actividades esenciales" cuando se publicó el Decreto Supremo N° 044-2020-PCM.

Este vacío dejado por esta norma es un problema ahora que el gobierno peruano ha publicado una serie de normas referidas a las inspecciones laborales. El Decreto Supremo N° 010-2020-TR establece que "la inspección del trabajo ejerce las funciones de vigilancia y exigencia del cumplimiento de las normas sociolaborales durante el Estado de Emergencia".

Además, se ha emitido la Resolución de Superintendencia N° 074-2020-SUNAFIL, mediante la cual se aprueba el Protocolo N° 003-2020-SUNAFIL/INII, “Protocolo sobre el ejercicio de la función inspectiva, frente a la emergencia sanitaria y estado de emergencia nacional para prevenir la propagación del Coronavirus (Covid-19) en el territorio nacional”.

Para el Sindicato Nacional de Inspectores de Trabajo de la SUNAFIL, el decreto en cuestión no exonera a los inspectores del cumplimiento de la cuarentena y la resolución de superintendencia viola el "principio de jerarquía normativa" y "coloca a los inspectores de trabajo en alto riesgo de contraer el coronavirus".

Los inspectores piden que la SUNAFIL considere lo estipulado por el Ministerio de Salud (MINSA) para prevenir la propagación de la pandemia. Por ello, muestran su preocupación por la salud de los inspectores de trabajo pertenecientes al grupo poblacional en riesgo por Covid-19.

Para el SI SUNAFIL, las normas aprobadas hasta el momento no ayudan a prevenir la propagación del nuevo coronavirus y desnaturalizan la función inspectiva regulada en la Ley N° 28806 (Ley General de Inspección).

"Ello no puede ser permitido en un Estado Constitucional de Derecho donde el respeto, promoción y garantía de los derechos fundamentales flexibilizan cualquier estructura orgánica. De hecho, las disposiciones jurídicas que emita Sunafil no solo deben encontrarse en función de su estructura jerárquica, sino que debe respetar principalmente la Constitución y la garantía de los derechos fundamentales que de ella se desprende", señala el sindicato.
"Como vemos, en aras de adecuar nuestra labor a una supuesta garantía de nuestro derecho a la salud con el objeto de mantener vigente la función inspectiva, las disposiciones contenidas en el referido Protocolo no hacen sino trasgredir una disposición jurídica de mayor jerarquía como lo es la Ley N° 28806", agrega en un comunicado.

Además, señalan que el protocolo sobre la función inspectiva fue elaborado "a espaldas de los Inspectores del Trabajo".

El sindicato de inspectores de trabajo cuestiona también que la resolución que aprueba el protocolo para realizar labores inspectivas durante el estado de emergencia sustente su legalidad y legitimidad en “la opinión emitida por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE)". "El sustento en una opinión del MTPE ya resulta risible desde el marco de un Estado de Emergencia decretado por Decreto Supremo y el trabajo remoto regulado en Decreto de Urgencia", señalan los fiscalizadores laborales.

Apelando a que se regularice la cuestión normativa y se tomen medidas efectivas para evitar contagios de los inspectores, el sindicato pide "continuar con la licencia con goce de haber sujeta a compensación como medida idónea y necesaria para garantizar nuestro derecho a la salud, de nuestra familia y de la comunidad". 

"El Protocolo mencionado no ha reparado que los Inspectores del Trabajo somos seres humanos, sino también trabajadores, varios de nosotros tenemos cónyuges, hijos y/u otros familiares dependientes, en mucho casos personas mayores de sesenta años, que cuentan con historial de hipertensión arterial, diabetes, enfermedades cardiovasculares, cáncer, enfermedades pulmonares crónicas, y otros estados de inmunosupresión, que en varios casos somos nosotros el único sostén y sustento de nuestras familias y que podemos llevar el virus a nuestros hogares", afirman.

Los inspectores resaltan que se encuentra vigente el  artículo 168-A del Código Penal que regula el delito de "atentado contra las condiciones de seguridad y salud en el trabajo" y anuncian que en caso algún funcionario público los ponga en una situación de riesgo "será denunciado pública y penalmente de manera inmediata". En este sentido, se basan en el mismo protocolo sobre la función inspectiva durante el estado emergencia: de constatarse que se obliga a laborar a los trabajadores cuyas funciones no sean compatibles con el trabajo remoto, se debe informar a la Policía Nacional del Perú, Ministerio Público o Fuerzas Armadas.

"Los inspectores de trabajo no somos inmunes al coronavirus, por lo que la SUNAFIL, lejos de velar ´por nuestra salud e integridad física, pretende que realicemos visitas de inspección (presencial restringida) sin ningún tipo de protección, ni resguardo de nuestra seguridad física, y además pretende que nos movilicemos en territorio nacional, sin contar con unidades de transporte".
"En conclusión, la SUNAFIL pone en riesgo nuestras vidas, por lo que nos reservamos el derecho de realizar las acciones legales pertinentes respecto de los funcionarios que incumplan con el artículo 168-A del Código Penal", se lee en un comunicado.

El sindicato de inspectores de SUNAFIL pide una reunión con la titular del MTPE, Sylvia Cáceres, y con el Superintendente de Fiscalización Nacional, Edilberto Martín Terry, para implementar de manera adecuada la inspección de trabajo durante el estado de emergencia por el Covid-19, que consideran previsible que se prolongue.

"Esperamos que el Gobierno Peruano atienda nuestros pedidos de justicia y dialogo social, y no nos niegue la oportunidad de mejorar la situación de la inspección del trabajo, en el Perú, pero con el respecto a la Constitución Política del Perú, a los Convenios de la OIT, a la vida y a la dignidad humana", finaliza el pronunciamiento del Sindicato de Sunafil, ante el estado de emergencia por el Covid-19.


[Foto de portada: Andina]


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