Durante un mitin realizado por Fuerza Popular, el pasado 19 de junio, la candidata Keiko Fujimori aseguró que el pedido de su agrupación para acceder a la lista de electores debía ser atendido por las autoridades electorales, ya que dicho registro es público. Su declaración precisa fue la siguiente: “Queremos ver el padrón electoral, queremos ver la lista de electores. Y no nos digan que no se puede. Hoy el defensor del Pueblo ha dicho que esta lista es pública”. Luego de revisar el marco normativo al respecto, Ama Llulla concluye que esto es engañoso.
En primer lugar, hay que señalar que Fujimori Higuchi menciona dos registros distintos, que son el padrón electoral y la lista de electores. El primero contiene información que es parcialmente pública, pero el segundo contiene datos sensibles que están exentos de ser compartidos con los partidos políticos, según la Ley Orgánica Electoral. Aquí lo explicamos:
El Padrón Electoral es “la relación de los ciudadanos hábiles para votar”, que se elabora sobre la base del registro único de identificación de las personas y se encuentra a cargo del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC).
Este se conforma por nombres y apellidos de los electores, código único de identificación, fotografía digitalizada, distrito, provincia, departamento, número de mesa, declaración voluntaria de alguna discapacidad, domicilio e impresión dactilar.
Y según el artículo 197 de la Ley Orgánica de Elecciones, el Padrón Electoral es público, pero exceptuando los datos sensibles como las direcciones de los votantes y las imágenes de sus huellas dactilares.
En el caso de las Listas de Electores de las Mesas de Sufragio, además de tener los nombres y apellidos, número de mesa y DNI, contienen precisamente esta información sensible, como fotografía, firma y huella dactilar de los votantes que son reconocidos como datos confidenciales según la normativa electoral y la de protección de datos personales.
Uno de los antecedentes al respecto se dio en 2018, cuando el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) consultó ante la Dirección General de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Ministerio de Justicia, qué datos se podían compartir con las agrupaciones políticas, sin vulnerar la Ley de Protección de Datos Personales.
Por entonces, la Autoridad de Transparencia concluyó que los entes electorales pueden remitir a las organizaciones políticas los nombres, número de DNI y mesa de sufragio de los electores, pero no la huella dactilar o el domicilio de cada elector.
Consultado para esta verificación, Samuel Rotta, director ejecutivo de Proética, comentó que hay una confusión sobre entre lo que son el Padrón Electoral y la Lista de Electores. “Lo que [Fuerza Popular] está pidiendo son los registros de los electores. Esas hojas donde ponemos nuestra firma y nuestra huella dactilar al votar. Y eso no es público porque hay una colisión con la Ley de protección de datos personales. [Porque] son datos sensibles”, indicó.
El mismo criterio fue compartido por la RENIEC cuando en 2019 -en respuesta a una solicitud de acceso a la información de la organización Hiperderecho- ratificó que las firmas, fotografías, domicilio y huellas dactilares de los ciudadanos no son compartidos con las agrupaciones políticas al enviar el padrón electoral.
La autoridad indicó que solo proporcionaban datos referidos al departamento, provincia, distrito, nombres, apellidos, DNI y mesa de votación.
PRIVACIDAD. La RENIEC ha precisado que comparte información parcial del Padrón Electoral con los partidos políticos. Las firmas, fotos, huellas dactilares y domicilios de los votantes son confidenciales.
“Lo que indica la ley orgánica es que el padrón es público, pero limita ciertos datos a las agrupaciones políticas. La misma Reniec indica [en este documento] que solo proporciona [a los partidos] nombres, apellidos, provincia, distrito, región, número de dni y mesa de sufragio” [de los votantes], explicó Dilmar Villena, de Hiperderecho.
Bajo estos mismos argumentos la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) le negó a Fuerza Popular la Lista de Electores a través de un oficio emitido el 17 de junio del 2021 a Milagros Takayama, excongresista y personera legal de la agrupación fujimorista.
La autoridad electoral señaló que los documentos solicitados contienen “información que corresponde al ámbito de la intimidad personal, como las fotografías, firmas, huellas dactilares y grado de instrucción” de los electores. Recordaron también que Fuerza Popular ya tiene en su poder la relación de electores con nombres, apellidos y número de documento de identidad.
En la audiencia del Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, realizada el miércoles 23 de junio para revisar los expedientes de apelación sobre pedidos de nulidades presentados por Fuerza Popular, los representantes de ese partido hicieron el mismo planteamiento para acceder a la lista de votantes del 6 de junio. A su turno, Óscar Urviola, expresidente del Tribunal Constitucional y ahora abogado del partido de Fujimori para este tema, adujo no entender la diferencia entre padrón electoral y la lista de electores.
En respuesta a este planteamiento, el presidente del JNE, Jorge Salas Arenas, ratificó lo que se ha explicado líneas arriba: "La lista de electores contiene un conjunto de datos personales y así lo ha declarado el Tribunal de Protección de Acceso a la Información Pública. [...] Una cosa es el padrón y otra cosa es la lista de electores que contiene además la firma y huella digital de la persona".
En función a lo expuesto, la red Ama Llulla concluye que la afirmación de Keiko Fujimori, acerca de que tanto el padrón electoral como la lista de votantes son públicas, es engañosa.
[Foto de portada: Andina]
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