Este lunes, la Comisión Especial del Congreso para la elección de miembros del Tribunal Constitucional (TC) excluyó del proceso a 35 de los 65 postulantes, por razones de supuesto incumplimiento de los requisitos formales de inscripción. Durante la sesión virtual, convocada imprevistamente, quedó en evidencia de que no todos los miembros de la comisión tenían los expedientes a la mano para tomar una adecuada decisión.
Sin embargo, el presidente del grupo de trabajo, Rolando Ruiz, aseguró que los expedientes fueron entregados a los asesores de cada legislador con el tiempo respectivo, pese a que en su momento el asesor principal de la comisión, Víctor Colina señaló que no tenía los expedientes a la mano, cuando fue consultado sobre las observaciones a las postulaciones.
Esto no fue impedimento para que Ruiz ponga a votación, cerca de las 11 de la noche, la lista de postulantes aptos y excluidos por razones de supuesto incumplimiento de los requisitos formales de inscripción. Finalmente, fue aprobada con los votos de los congresistas Tania Rodas (APP), Diethell Columbus (Fuerza Popular), Gino Costa (Partido Morado), Jorge Pérez (Somos Perú), Cristina Retamozo (Frepap) y el presidente de la comisión, Rolando Ruiz (Acción Popular).
En tanto la parlamentaria Rocío Silva Santisteban (Frente Amplio) votó en abstención, mientras que los legisladores José Vega Luna (UPP) y José Luna Morales (Podemos Perú) estuvieron ausentes.
Con esta votación la Comisión Especial TC habría actuado en contra de lo que indica el artículo 5 del Decreto Legislativo 1246, que establece la prohibición de muchos de los documentos que el grupo de trabajo está exigiendo y que está usando como excusa para descalificar a varios candidatos a magistrado del TC.
En el literal g) de ese artículo se habla, por ejemplo, de no entregar copias fedateadas de las resoluciones como prohibición, pero aún así la Comisión Especial TC ha decidido descalificar a distintos candidatos como Carolina Garcés por no haber incluido las resoluciones que la nombran como viceministra o adjunta por los derechos de la mujer.
1. La eliminación de candidatos no puede basarse en los siguientes argumentos:
- Si el documento fedateado o notariado faltante, no es un requisito indispensable para su postulación.
- En caso que haya documentación presentada parte fedateada y parte sin fedatear. Si con los documentos presentados fedateados se cumple con los requisitos, no debería ser una causal de eliminación.
- Cuando no se han presentado copias fedateadas de los documentos públicos (resoluciones publicadas en El Peruano). No se puede exigir el fedateo de estos documentos, pues tienen carácter público.
2. No existe un criterio serio para determinar si un documento es original o no. No todas las instituciones estatales y de las instituciones de cooperación internacional emiten certificados o constancias “originales a colores”. Lo que impide su fedateo y su validación como documentos originales.
3. El principio de informalidad recogido en la Ley 27444, establece la aplicación de una interpretación “favor libertaris” en el procedimiento, de manera que los requisitos formales no afecten ni limiten los derechos de las personas durante el proceso. Este principio deberá ser aplicado de manera supletoria en este proceso, de conformidad al artículo 2.4 del Reglamento.
En vista de lo ocurrido la exviceministra Carolina Garcés envió una carta a la Comisión del TC haciendo notar el error cometido al excluirla tanto a ella como a otros candidatos del concurso de elección a la máxima instancia de control de la supremacía constitucional. "Cumplí con los requisitos exigidos, por lo que de no corregirse el error se estaría vulnerando mi derecho a participar en condiciones justas y equitativas en este concurso. Como ciudadana, profesora y mujer seguiré poniendo lo mejor de mis capacidades al servicio del país", señaló en Twitter.
Otro de los 35 excluidos fue César Delgado-Guembes, quien también fue descalificado por no presentar copias fedateadas, pese a presentar documentos originales. El caso más grave, sin embargo, es el de Luz Aurea. La letrada sí presentó toda la documentación solicitada en original, pero en la comisión sacaron copias simples para los miembros, y al final la descartaron por no haber entregado “copia fedateada”.
(Foto: Andina)
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