Desde las 20.00 horas del miércoles 18 de marzo hasta las 5.00 horas se ejecutó el primer día de inmovilización social obligatoria de todas las personas en sus domicilios decretada por el Gobierno. El toque queda se aplicará durante la vigencia del Estado de Emergencia decretado para evitar la propagación de coronavirus en el país, que de 15 días inicialmente.
La norma precisa que durante la vigencia del estado de emergencia se prohibe el uso de vehículos particulares, excepto los vehículos necesarios para la provisión de los servicios de salud, alimentos y personal de prensa escrita, radial o televisiva.
También se permite el desplazamiento de aquellas personas que requieren de una atención médica urgente o de emergencia por encontrarse en grave riesgo su salud. En caso de incumplimiento, la Policía Nacional o las Fuerzas Armadas están facultadas a retener la licencia de conducir y la tarjeta de propiedad mientras dure el Estado de Emergencia, agrega el dispositivo.
Sobre este último punto, el ministro del Interior, Carlos Morán, recomendó a la ciudadanía que, en caso de tener una emergencia durante el horario de inmovilización social obligatoria —entre las 20:00 y las 05:00—, usen como distintivo un pañuelo blanco.
“Si no tengo vehículo, porque hay casos de personas que no lo tienen, entonces tienen que salir caminando con un pañuelo blanco que sea fácilmente identificable. Un pañuelo blanco o una bandera blanca”, recomendó Morán en referencia a estos casos.
Señaló además que los vehículos que transporten personas dentro de la excepción, durante el toque de queda, deberán circular con las luces encendidas. “Las luces interiores encendidas, faros intermitentes y a una velocidad de 30 kilómetros por hora, de tal forma de que sea fácilmente identificable que estoy en una emergencia”, indicó el titular del Interior.
“Solo podrá salir personal que participe en la prestación de los servicios de abastecimiento de alimentos. Los mercados, que comienzan a funcionar desde las 3 de la mañana, los camiones con las frutas, verduras, está el estibador, el vendedor. Para ellos no hay afectación”, precisó Morán sobre los casos que contempla el decreto supremo 044-2020.
"Para las medicinas, el abastecimiento, que tiene su cadena logística”., agregó el ministro.
Por su parte, el titular de Justicia, Fernando Castañeda, también aclaró algunos puntos referidos al toque de queda declarado por el presidente Martín Vizcarra para combatir al coronavirus. En diálogo con Canal N, remarcó que las personas exentas de la medida son las que laboren en áreas que se encuentran conectadas con la emergencia.
Especificó, en ese sentido, que estas áreas son: abastecimiento de alimentos, salud, agua y saneamiento, energía, gas y combustible, limpieza y recojo de residuos sólidos, transporte de carga y mercancías, telecomunicaciones, medios de comunicación y personas que requieran atención médica urgente o de emergencia por riesgo a su salud.
“Los vehículos necesarios para poder llevar a cabo los servicios que acabo de mencionar también pueden circular con la finalidad de que se puedan cumplir los objetivos. Todas estas actividades están habitadas excepcionalmente a transitar con sus vehículos”, señaló Castañeda.
(Foto de cabecea: Andina)
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