Desde marzo pasado (siete meses), vienen pidiendo diálogo a la Sociedad Nacional de Minería, Petróleo y Energía (SNMPE) para iniciar un proceso de negociación colectiva. En setiembre pasado, los dirigentes protestaron en Lima y llegaron a atrincherarse en el local del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), indignados ante la inasistencia de representantes de las empresas mineras y de la ministra de Trabajo, Sylvia Cáceres.
Ahora, tras haber superado una detención arbitraria luego de dialogar con el viceministro de Trabajo, Augusto Eguiguren, y de una inasistencia más de la SNMPE a una reunión extraproceso, la Federación Nacional de Trabajadores Mineros, Metalúrgicos y Siderúrgicos del Perú (FNTMMSP) anuncia la reactivación de la protesta. Jorge Juárez, secretario general de la Federación Minera, señaló que el próximo 27 de noviembre retomarán la huelga nacional indefinida.
Juárez afirmó que esta medida es resultado de un acuerdo en el último Congreso Nacional Extraordinario y Asamblea Nacional de Delegados.
"El debate en este último Congreso ha sido de accionar y reactivar nuestra huelga para defender una negociación que nos corresponde, una negociación que ha sido ratificada por sentencia del Tribunal Constitucional".
"Hemos dado evidencia cómo la Sociedad Nacional de Minería ha rechazado la pretensión de reunirse con los trabajadores mineros", agregó.
El fallo del TC al que hace referencia Juárez es de 1999 y corresponde al Expediente N° 045-92-AA/TC. En esta sentencia, el tribunal reconoció que la negociación colectiva por rama de actividad es viable en el sector minero.
En ese caso, la empresa demandante fue Southern Perú Copper Corporation, que interpuso un recurso extraordinario contra una resolución de la Segunda Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia que declaró improcedente una Acción de Amparo contra funcionarios del MTPE que obligaron a la empresa minera a negociar el pliego nacional con la federación de trabajadores.
Como ahora, la Federación Minera presentó un pliego de reclamos dirigido a la SNMPE y la Autoridad de Trabajo determinó que tanto Southern como las demás empresas deberían cumplir con dar inicio a la negociación colectiva.
El TC se basó en el Convenio 098, Convenio sobre el Derecho de Sindicación y de Negociación Colectiva, adoptado por la Conferencia General de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), que entró en vigencia en 1951 y que en su artículo 4° consagra:
"Deberán adoptarse medidas adecuadas a las condiciones nacionales, cuando ello sea necesario, para estimular y fomentar entre los empleadores y las organizaciones de empleadores, por una parte, y las organizaciones de trabajadores, por otra, el pleno desarrollo y uso de procedimientos de negociación voluntaria, con objeto de reglamentar, por medio de contratos colectivos, las condiciones de empleo".
Además, el TC se basó en que el Estado peruano tiene la obligación de garantizar "el derecho a la negociación colectiva y que la ley señalaba los procedimientos para la solución pacífica de los conflictos laborales, y que, además, la intervención del Estado sólo procedía y era definitoria a falta de acuerdo entre las partes".
El TC se basó también en el Decreto Supremo N.º 098-88-PCM, que reconoció el derecho de los trabajadores mineros, metalúrgicos y siderúrgicos del Perú a la negociación colectiva por rama de actividad.
La sentencia del TC concluyó que no se vulneró ningún derecho de los empresarios y le dio la razón a la Federación de Trabajadores Mineros. Veinte años después, la misma federación pide diálogo y la SNMPE se sigue negando a conversar.
A pesar de ello, en esta oportunidad, la Autoridad General de Trabajo emitió una opinión técnica (Oficio 3286-2019-MTPE/2/14), en la que da la razón a la SNMPE, afirmando que no le compete a este gremio empresarial negociar temas laborales con la federación de trabajadores mineros.
La huelga minera que inicia el próximo 27 de noviembre también es en protesta contra el Plan Nacional de Competitividad y Productividad (PNCP), una reforma que se está preparando desde el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) y el MTPE sin tomar en cuenta las opiniones y propuestas de las centrales sindicales y que propone, entre otras polémicas medidas, prorratear mensualmente los beneficios laborales (gratificaciones y CTS).
[Foto de portada: Andina]
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