Desde hace meses, médicos y pacientes que usan cannabis vienen reclamando al Ministerio de Salud (Minsa) que cumpla los plazos para permitir el acceso legal a la planta y sus derivados.

El reclamo se basa en el hecho de que la Ley 30681 se aprobó hace casi dos años (26 de octubre del 2017) y su reglamento se publicó el 21 de febrero del 2019, pero hasta el momento no hay productos cannábicos ni en farmacias ni hospitales.

El Decreto Supremo Nº 005-2019-SA, que aprueba este reglamento, establece que la Dirección General de Medicamentos Insumos y Drogas (Digemid), órgano del Minsa, está encargada de implementar los instrumentos que permitan hacer efectivo el uso medicinal de la cannabis.

Para ello, la Digemid contaba con un plazo no mayor de 90 días hábiles desde la publicación del decreto. Dicho plazo se venció el pasado 2 de julio. Es decir, han pasado más de tres meses desde el vencimiento y hasta el momento las personas que necesitan de la planta y sus derivados para tratar sus enfermedades no pueden acceder legalmente a los productos.

Por ello, la Defensoría del Pueblo se pronunció e hizo un llamado de atención al Minsa. En un comunicado publicado este lunes, señaló que es urgente la aprobación del protocolo de uso medicinal de la cannabis. Explicó que a la Digemid le corresponde lo siguiente:

- Conducir el Registro Nacional de Personas Naturales y Establecimientos Farmacéuticos que importan y/o comercializan cannabis y sus derivados.

- Administrar el Registro Nacional de Entidades Públicas y Laboratorios Autorizados y Certificados para la producción de derivados de cannabis.

La Defensoría recordó también que diversas asociaciones de pacientes han manifestado su preocupación y malestar debido a que aún no pueden acceder legalmente al tratamiento con cannabis medicinal debido a que el Estado está incumpliendo con sus obligaciones.

En este sentido, recomendó al Minsa y Digemid acelerar la aprobación del protocolo de tratamiento con cannabis de uso medicinal y la implementación de los registros necesarios para la producción, importación, y comercialización de esta planta y sus derivados. La Defensoría resaltó que el objetivo es asegurar el acceso legal a estos productos medicinales para la población que lo necesita y que se debe garantizar el respeto al derecho humano a la salud.


¿Para qué sirve la cannabis?

La cannabis sirve en los tratamientos de todo tipo de dolores crónicos y agudos, migraña, fibromialgia, síndrome de colon irritable, esclerosis, epilepsia, cáncer, VIH/Sida, entre otras enfermedades.

Sus efectos diversos dependen de la sepa de la planta, la concentración de sus sustancias, la vía de administración y las dosis que use el paciente. Por ejemplo, el tetrahidrocannabinol (THC), alivia hasta los dolores más fuertes, calma las náuseas, regula el apetito, reduce los espasmos musculares y mejora el estado de ánimo, por lo que es útil para tratar depresión y síndrome post traumático. Por su parte, el cannabidiol (CBD) tiene propiedades antiinflamatorias, antioxidantes, ansiolíticas, antidepresivas y neuroprotectoras.


¿Cómo funciona y por qué sirve para enfermedades tan diversas?

La explicación científica a los efectos de la cannabis en nuestro organismo fue desarrollada en los años noventa por el químico médico israelí Raphael Mechoulam, quien identificó el sistema endocannabinoide. Se trata de un sistema de comunicación intercelular que tiene receptores especiales para las sustancias de la cannabis (cannabinoides) y produce sustancias similares a las de la planta (endocannabinoides). Este sistema está relacionado a distintas funciones vitales de nuestro organismo: regulación de temperatura, apetito, sueño, estado de ánimo, dolor, neuroprotección, memoria, aprendizaje, metabolismo, cardiocirculación.

Cuando una persona consume cannabis, los fitocannabinoides (sustancias provenientes de la planta) entran a través del torrente sanguíneo y activan todos los receptores del sistema endocannabinoide.


¿Cómo acceder a los productos cannábicos?

De acuerdo a la legislación peruana, la cannabis y sus derivados que tengan menos de 1% de THC son considerados no psicoactivos (cáñamo o hemp) y, por ello, son sustancias no controladas y excluidas del Reglamento de Estupefacientes, Psicotrópicos y otras Sustancias Sujetas a Fiscalización Sanitaria. Las personas que necesiten productos con más de 1% de THC deberán tener una receta especial que puede ser dada por cualquier médico cirujano.

Los pacientes deben registrarse en la web de Digemid en este enlace.


El THC y el CBD son solo dos de las más de 400 sustancias que tiene la cannabis, cada una de ellas con efectos distintos en la salud no solo de seres humanos, sino también de otros mamíferos, por lo que se está usando actualmente en animales domésticos. La planta de cannabis también tiene terpenos, que son los responsables del aroma de la marihuana y producen efectos relajantes.


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