Ya son oficiales los nuevos criterios jurídicos sobre la prisión preventiva que los jueces de las Salas Penales de la Corte Suprema han establecido en su último pleno casatorio jurisdiccional, y por tanto, de obligatorio cumplimiento en todo el sistema de justicia del país. ¿Pero cómo afectan estos nuevos estándares al caso Lava Jato, donde la prisión preventiva ha sido clave en los resultados del equipo especial Lava Jato de la fiscalía?

El abogado penalista Carlos Caro sostuvo que ahora que la corte elevó la valla para que se aplique la medida de manera "excepcionalísima", al establecer que en vez de sospecha grave y fundada, debe haber una"sospecha fuerte", varios imputados por el caso Lava Jato, como Keiko Fujimori, podrían solicutar al Poder Judicial que vuelva a evaluar su prisión preventiva, en vista de que hay un nuevo precedente.

"Estas nuevas reglas pueden ser alegadas por imputados del caso Odebrecht, porque se está elevando la valla de la prisión preventiva", dijo en Gestión.

"Cualquier imputado como Keiko Fujimori podría argumentar que este es un elemento jurídico. En consecuencia, podría pedir que se deje sin efecto su prisión preventiva".


Incluso Caro sostuvo que los nuevos estándares penales podrían ser tomados en cuenta por el Tribunal Constitucional, que evaluará este 25 de setiembre el hábeas corpus de Keiko Fujimori para revocar el mandado que prisión preventiva que pesa en su contra en la investigación por lavado de activos que afronta. A través de una casación, logró que la Corte Suprema le rebaje de 36 a 18 meses el tiempo de esa medida

Así, anotó el penalista, la dos veces candidata presidencial sumaría elementos a su favor que podrían dejarla en libertad. "El TC lo podría tomar como un elemento jurídico para evaluar la prisión preventiva", dijo Caro.

Y en el caso del TC, hay un precedente, porque este colegiado le revocó la orden de prisión preventiva en contra de Ollanta Humala y su esposa, Nadine Heredia, en el caso de los aportes ilegales de Venezuela y Odebrecht a las campañas de Partido Nacionalista de 2006 y 2011.

Para el exfiscal supremo Avelino Guillén, los nuevos criterios jurídicos fijados por la Corte Suprema son lineamientos que se aplican a futuro y no sobre resoluciones firmes. "Para las nuevas medidas que se van a solicitar, pero no se pueden aplicar sobre medidas tomadas y que han quedado firmes", dijo en Andina.

Sin embargo, el experto precisó que si se plantea un recurso impugnatorio contra una orden de prisión preventiva ante instancia superior, ahí sí, "necesariamente y de manera obligatoria", se tiene que sopesar y tener en cuenta los nuevos criterios señalados en el acuerdo plenario de la Corte Suprema.

"Las medidas van a permanecer inalterables. En todo caso solo si se plantea una impugnación contra un mandato de prisión preventiva, ahí las medidas, que se han dictado anteriormente a este acuerdo, pueden ser evaluadas teniendo en cuenta estos nuevos criterios".

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