No se salieron con la suya. Desde la creación del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (Oefa), las empresas mineras se han estado quejando por los aportes que hacen por regulación. Es decir, querían quitarle el financiamiento al organismo encargado de fiscalizarlas. Estas batallas judiciales empezaron en marzo del 2014, cuando advertimos que las mineras querían desaparecer al Oefa. Primero, la Sociedad Minera Corona S.A.C. hizo su reclamo ante Indecopi. Luego, en el 2015, fueron derrotadas en el Poder Judicial, las mineras Gold Fields y Minsur S.A. El caso llegó a un punto en el que el Oefa estuvo impedido de cobrar 56 multas a las mineras por los problemas judiciales.
Finalmente, tras la insistencia de las mineras, el caso llegó al Tribunal Constitucional (TC). Este viernes, se hizo público el fallo del TC, que les da la contra a las empresas mineras y a favor de la fiscalización ambiental que realiza el Oefa. En este caso, el denunciante fue Sociedad Minera Cerro Verde S. A. A.
Esta empresa protestó por la resolución de la Primera Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, que declaró concluido el proceso que se había iniciado contra la fiscalización ambiental.
En su argumentación, los magistrados señalan que:
"El aporte por regulación se calcula sobre la base de la facturación mensual de la empresa minera, deduciendo a ello el impuesto general a las ventas y el impuesto de promoción municipal, con lo cual, objetivamente pagan más quienes más facturan y quienes más facturan es porque más minerales extraen para su producción, esto es, la magnitud de los impactos generados por el desarrollo de las actividades económicas está directamente relacionada con el volumen (cantidad) de la producción y/o extracción de algún tipo de bien".
"En tal sentido, esta forma de cálculo garantiza la igualdad de los contribuyentes y evita la confiscatoriedad de su patrimonio. Así, el principio de igualdad tributaria, conforme lo ha manifestado este Tribunal en reiteradas oportunidades, no significa que toda riqueza deba ser gravada de la misma forma e intensidad, sino que ello debe hacerse atendiendo a circunstancias concretas [...]".
Sobre este caso, la Defensoría del Pueblo había manifestado su preocupación por la posibilidad de que el TC falle en contra de la fiscalización ambiental, ya que se recortaría el 74% del presupuesto del Oefa para llevar a cabo sus funciones.
"La fiscalización ambiental es de máxima importancia para la protección del derecho a un ambiente sano en nuestro país, pues asegura el cumplimiento de la normatividad ambiental en beneficio del entorno, la vida y la salud. Por este motivo, el Oefa requiere contar con capacidad técnica, autonomía y sostenibilidad presupuestal que le permitan una eficiente labor y, para ello, las empresas supervisadas deben asumir los costos de la fiscalización ambiental. De lo contrario, se afectaría gravemente el rol que cumple este organismo".
La Defensoría del Pueblo recordó que el Oefa tiene a su cargo la supervisión ambiental de importantes proyectos extractivos, como el proyecto minero Las Bambas (MGT Limited), Antapaccay (Espinar), así como las actividades petroleras en los Lotes 8 y 192. Además, señaló que, para el 2019, se tienen programadas casi 7800 acciones de fiscalización ambiental.
[Foto de portada: Andina]
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