En junio de este año, la Segunda Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema, que preside el juez César Hinostroza, concedió, de oficio y por mayoría, un recurso de casación presentado por la lideresa de Fuerza Popular, Keiko Fujimori, y su esposo Mark Vito Villanella, a raíz del caso de los cócteles de su partido, en el marco de la investigación que se le sigue por lavado de activos.

En el 2016, la fiscalía abrió una investigación preliminar por el mencionado caso, ya que según su hipótesis, el partido de la excandidata presidencial habría utilizado esas actividades para ocultar el ingreso de dinero ilegal a su última campaña. En setiembre de ese mismo año, el fiscal José Domingo Pérez dispuso continuar la investigación bajo la Ley Contra el Crimen Organizado. Esta decisión permitió que el plazo de la pesquisa se ampliara hasta por 36 meses.

De acuerdo a fuentes judiciales consultadas por La República, este proceso podría haber sido el tema por el cual, de acuerdo con uno de los audios de interceptación telefónica, grabados el mes de abril, una persona no identificada buscó que el juez César Hinostroza se reúna con una señora a la que identificó como “señora K” de “la fuerza número 1” buscaba reunirse con el mencionado magistrado.

En el reporte de seguimiento de expedientes del Poder Judicial se puede ver que dicho recurso ingresó a mesa de partes del referido tribunal supremo el 25 de abril del 2018, y un mes después, el 24 de mayo, se fijó la vista de la causa y votación, lo que se produjo el 4 de junio último.

reporte de seguimiento (poder Judicial)

“Declararon por unanimidad: I.- indamisible los recursos de casación excepcional interpuestos por las defensas de los indagados Mark Vito Villanela y Keiko Sofia Fujimori Higuchi, por las causales previstas en los numerales 2) y 5) del artículo 429° del Código Procesal Penal. De oficio y por mayoría II.- bien concedido los citados recursos de casación excepcional, por las causales estipuladas en los numerales 1 y 3 del artículo 429° del Código Procesal Penal, contra la resolución de vista de fecha 27 de febrero de 2018, en el extremo que revoca la resolución emitida en primera instancia el 17 de noviembre del 2017”, se lee en la sumilla de la resolución.

Esto supone que la Sala de Hinostroza se declara competente y entrará a revisar el recurso presentado por los abogados de Keiko Fujimori y Mark Vito Villanela, en contra de la resolución de la Sala de Apelaciones que consideró que la fiscalía aún tiene plazo para investigarlos. Cabe resaltar que la jueza de primer instancia había dado por terminada la investigación y pedía que la fiscalía emita su decisión final.

Este martes, el juez supremo César Hinostroza negó que la “señora K” a la que menciona en un audio difundido por “Panorama” sea Keiko Fujimori. “De ninguna manera [es Keiko Fujimori]. No me he reunido con ella, no se trata de la señora por la que usted me pregunta”, dijo a El Comercio. Asimismo, señaló que no tiene por qué dar cuenta de sus actividades privadas.

“No me he reunido con ninguna persona que tenga relevancia política. Soy juez y en mi vida privada puedo reunirme con quien desee mientras no sea un litigante”, agregó.

El caso Joaquín Ramírez

En agosto de 2017, el mencionado magistrado emitió un fallo que permitió archivar el caso de lavado de activos en contra de Joaquín Ramírez, el ex secretario general de Fuerza Popular. En la casación 92-2017 Hinostroza sustenta que para continuar con la investigación de los casos por lavado de dinero, la fiscalía estaba obligada a comprobar el delito fuente que originó el dinero ilícito.

Hace algunos meses sacó una sentencia que cambiaba la jurisprudencia del delito de lavado de activos, favoreciendo, claro está, a los lavadores”, comentó el director del Instituto de Defensa Legal (IDL), Carlos Rivera, al recordar algunos de los cuestionamientos en la trayectoria de Hinostroza.

(Foto de cabecera: Andina)

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