La Sala Penal Especial de la Corte Suprema sentó un precedente histórico en el pronunciamiento en el que declaró infundados todos los recursos que interpuso la excongresoista aprista Luciana León, para invalidar toda la evidencia documental que recogió la fiscalía durante el allanamiento a su departamento y oficina.
En buena cuenta, lo que resolvió la sala en su fallo es que la Fiscalía de la Nación puede solicitar y realizar diligencias preliminares urgentes, como allanamientos, incautaciones, impedimento de salida del país contra congresistas, sin previa autorización del Congreso, precisó La República este jueves.
La historia se remonta a la década del 2000, cuando el Congreso, tras la caída del régimen de Alberto Fujimori, aprobó la Ley 27379, que permitía a la fiscalía tomar medidas limitativas de derechos, como la detención preliminar, allanamientos, el levantamiento del secreto bancario y tributario, a los altos funcionarios del Estado ante la sospecha de delitos graves, para facilitar la obtención de pruebas y evitar una posible fuga de los implicados.
Pero poco después, el Congreso aprobó otra ley, la N° 27399, que en su segundo artículo, excluyó de esas medidas a "los funcionarios mencionados en el primer párrafo del artículo 93 de la Constitución"; o sea, a ellos mismos, los congresistas.
En este contexto radica la trascendencia del fallo de la Sala Penal Especial de la Suprema, porque confirma lo que resolvió el juez de investigación preparatoria de la Corte Suprema Hugo Núñez Julca, al autorizar el allanamiento del departamento y oficina de Luciana León Romero, actual miembro de la Comisión Permanente del Congreso disuelto. Nuñez sostuvo en su decisión que la Ley 27379 se derogó con el artículo 449 del nuevo Código Procesal Penal del 2004, que entró en vigencia para casos de corrupción desde el 2011 en todo el país.
En suma, en adelante los congresistas pierden privilegios, porque ya no gozarán de inmunidad total como hasta ahora, ya que el artículo 449 del Código Procesal dice que el proceso penal contra altos funcionarios se rige sobre las reglas de un proceso común, que se aplica a cualquier ciudadano.
En el caso de la investigación preparatoria a altos funcionarios del Estado habían vacíos, ya que no existía un pronunciamiento judicial sobre esos procedimientos, porque nunca antes se había necesitado allanar e incautar bienes, propiedades, documento, etc, a ministros, congresistas o jueces y fiscales supremos. Hasta ahora, en que la misma Corte Suprema resolvió en el caso de Luciana León en el marco de la investigación por 'Los intocables ediles' de La Victoria.
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