La misma institución que destruye la planta y criminaliza a cultivadores y usuarios es la misma que tiene a cargo uno de los primeros requisitos para la formalización de las asociaciones de cultivo de cannabis para uso medicinal en Perú. El Ministerio del Interior (Mininter), autoridad de control según el nuevo Reglamento cannábico, ha publicado los lineamientos de seguridad mediante la Resolución Ministerial N.° 0036-2024-IN el pasado 12 de enero, complicando aún más el panorama para estas asociaciones.

Al problemático requisito de obtener licencia de funcionamiento municipal, ahora el Mininter pide que las asociaciones de pacientes implementen medidas de seguridad de tipo empresarial, las que parecen inalcanzables, especialmente para aquellas asociaciones que operan en espacios residenciales y que ya se encuentran abasteciendo a pacientes.

Los requisitos del Mininter abarcan desde la instalación de códigos de acceso y la construcción de cercas perimetraleshasta sistemas de vigilancia que deben funcionar continuamente, lo que plantea serios desafíos para las asociaciones, conformadas por pacientes, familiares y cultivadores. Además, se exige un control riguroso sobre el acceso y la seguridad de las instalaciones, incluyendo la implementación de videocámaras que almacenen grabaciones durante un mínimo de 30 días y la preparación del personal de vigilancia para responder eficazmente ante cualquier incidente de seguridad.

Este endurecimiento de las condiciones para las asociaciones de pacientes de cannabis llega en un momento en que estas organizaciones ya enfrentan obstáculos. Como informamos anteriormente en LaMula.pe, la licencia de funcionamiento municipal es un requisito previo para solicitar el certificado de medidas de seguridad expedido por la Dirección Antidrogas de la Policía Nacional del Perú (DIRANDRO), perteneciente al Mininter. Ante estos requerimentos, las asociaciones se ven obligadas a conseguir una licencia municipal con un giro de negocio relacionado a la actividad de cultivo de plantas en zonas urbanas, lo cual es difícil debido a la diversidad de criterios y las restrictivas zonificaciones.

Por este trámite exigido por el Mininter, las asociaciones corren el riesgo de recibir denuncias penales o actos extorsivos de parte de funcionarios corruptos que pueden aprovechar su situación de vulnerabilidad: sin licencia de cultivo otorgada por el Ministerio de Salud (Minsa) podrían ser denunciados por delitos relacionados al tráfico ilícito de drogas (TID) por una modificación al Código Penal provocada por una disposición complementaria de la Ley 31312, como ya ha ocurrido en diversos casos que hemos reportado.

En contraste, el Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (Midagri) ha mostrado una postura más coherente con el objetivo de la ley. En el dictamen de la lay, reconoció que no podía regular las semillas del cultivo asociativo porque se trataba de un cultivo doméstico y no una actividad comercial. Recientemente, en el Plan de Cultivo para asociaciones, el Midagri ha incluido áreas de cultivo y producción con representación de jardines y macetas situadas en espacios residenciales, lo que implica el reconocimiento de dichas prácticas como métodos legítimos de producción artesanal y de cultivo en asociación.

La Ley 31312, promulgada en el 2021 con el objetivo de proteger y formalizar la producción artesanal de las asociaciones de cannabis, parece verse desnaturalizada por un Reglamento y lineamientos que, lejos de facilitar, imponen barreras casi insuperables para las asociaciones en busca de formalización.

Frente a esta situación, las asociaciones de pacientes y cultivadores, como la Asociación de Pacientes de Cannabis Ámbar y la Asociación El Jardín de María José, han intensificado sus esfuerzos de diálogo y colaboración con los funcionarios del Minsa, Mininter y Midagri, buscando soluciones que permitan superar los obstáculos regulatorios y asegurar el acceso a tratamientos alternativos para quienes los necesitan. El último martes 6 de febrero, la Asociación Ámbar envío una carta e informe al congresista Edward Málaga.


Entre avances internacionales y retrocesos locales

En un contexto internacional donde la Administración de Alimentos y Medicamentos de Estados Unidos (FDA) recomienda reclasificar el cannabis como una droga de menor riesgo, Perú enfrenta un contraste marcado. Mientras en EE.UU. se avanza hacia una mayor flexibilidad en el tratamiento del cannabis, especialmente en el contexto de su uso medicinal; en nuestro país, la planta sigue clasificada junto a sustancias altamente peligrosascomo la cocaína, la morfina, el fentanilo y la metadona. 

A pesar de los esfuerzos por superar barreras burocráticas de parte de pacientes, la informalidad y la criminalización persisten, dejando a más de 45,100 pacientes, inscritos en el Registro Nacional de Pacientes de Cannabis (RENPUC), expuestos a productos sin control de calidad y de origen desconocido. La situación se agrava considerando que solo se ha otorgado una licencia de cultivo a un laboratorio farmacéutico por parte del Ministerio de Salud (Minsa), dejando a las asociaciones de pacientes y cultivadores expuestas a injustas denuncias penales.

La historia de Diana Caya Mallma, una educadora que encontró alivio en el cannabis para sus síntomas de ansiedad social, depresión y dolores crónicos, ilustra la paradoja legal en la que se encuentran muchos usuarios de cannabis en Perú. A pesar de las leyes que reconocen al cannabis como medicina, el Código Penal aún lo criminaliza, creando un espacio para la extorsión, la corrupción policial y la criminalización de pacientes y cultivadores. La situación de Diana, enfrentada a un proceso judicial plagado de prejuicios y desconocimiento, señala la necesidad urgente de revisar y actualizar las leyes para reflejar adecuadamente el uso medicinal del cannabis y proteger a quienes dependen de él.


- Lee los lineamientos de seguridad para las asociaciones de cannabis aquí:


[Foto de portada: Andina]


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