Entre julio y agosto del 2021, se publicaron dos leyes importantes para la salud pública en Perú: La Ley 31312, que incluye a las asociaciones de cultivo (Clubes Cannábicos) en la regulación de la planta medicinal; y la Ley 31336, la Ley Nacional del Cáncer, que garantiza cobertura universal y gratuita para todos los pacientes oncológicos. En medio de presiones de la industria farmacéutica, durante la gestión del médico Hernando Cevallos, el Ministerio de Salud (Minsa) inició el proceso de reglamentación de ambas leyes.

En el caso del nuevo Reglamento de cannabis, planta medicinal que tiene el potencial para beneficiar a aproximadamente 8 millones de personas en todo el Perú, la última versión del proyecto permite que los Clubes Cannábicos puedan inscribir sus propias variedades (strains) en la Fuente Semillera.

"El Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, en un plazo no mayor de sesenta (60) días hábiles de publicado el presente Reglamento, aprueba mediante Resolución Ministerial los criterios para la evaluación y registro de la Fuente Semillera, que permita a las asociaciones de pacientes usuarios de cannabis la inscripción de ecotipos o variedades de Cannabis preexistentes en el territorio nacional; con el fin de registrar el origen del material genético para la producción agraria requerida y cuyo registro concluye en un plazo no mayor a dos (2) años contados a partir de la publicación de la citada Resolución Ministerial", se lee en la última versión del proyecto de Reglamento de cannabis.

Además, establece que los análisis de control de calidad de la producción artesanal de los Clubes Cannábicos pueda efectuarse en laboratorios públicos y privados debidamente autorizados por el Instituto Nacional de Salud (INS). 

"El Centro Nacional de Control de Calidad (CNCC) del INS y los laboratorios de la Red Nacional de Laboratorios Oficiales de Control de Calidad, a solicitud de las asociaciones para la producción artesanal con cultivo asociativo de la planta del género cannabis con fines medicinales y terapéuticos, brindan el servicio de análisis de control de calidad a realizarse en los productos obtenidos en la producción artesanal, para ello deben implementar las metodologías apropiadas para la identificación de sus componentes incluyendo las impurezas", se lee en el proyecto de Reglamento.

Estas son mejoras respecto al proyecto publicado en octubre del 2021, cuando se pretendía obligar a los Clubes Cannábicos a comprar semillas, lo cual desconocía la realidad de los cultivos colectivos que existen en territorio nacional desde al menos el 2016. Además, no se especificaba que el INS podría dar el servicio de análisis de control de calidad para las asociaciones de cultivo.

Esta versión mejorada es resultado de reuniones convocadas por el Minsa durante la gestión del exministro Cevallos, que recibió a pacientes y cultivadores que compartieron sus observaciones, en especial respecto a la restricción de las semillas y los protocolos de seguridad, que estará a cargo de la Dirección Antidrogas de la Policía Nacional del Perú (DIRANDRO).

"Se ajustó el Reglamento para evitar que finalmente se favoreciera a algunas empresas privadas por las restricciones que habían", dijo el exministro Cevallos sobre el tema de las semillas, que ya se encuentra resuelto a favor de las asociaciones.

El documento ya salió del Minsa y se encuentra en la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) para que el Consejo de Viceministros le dé el "visto bueno" y sea, finalmente, publicado en lo que sería una medida de justicia social para las asociaciones de cultivo que vienen luchando por la despenalización de la cannabis desde antes del 2017, cuando se promulgó la Ley 30681, que le dio la exclusividad de las licencias a la industria farmacéutica. Con la Ley 31312, se reconoció la legalidad de la producción artesanal de los Clubes Cannábicos y se espera que la Policía Nacional del Perú (PNP) pare con la criminalización.

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Por otro lado, la Ley Nacional del Cáncer garantiza la cobertura universal, gratuita y prioritaria de los servicios de salud para todos los pacientes oncológicos, "indistintamente al tipo de cáncer que padezcan, con la finalidad de asegurar el acceso al derecho fundamental a la salud en igualdad de condiciones y sin discriminación". El Reglamento de esta ley se encuentra en una situación similar al de los Clubes Cannábicos: está en manos de la PCM, presidida actualmente por el abogado Aníbal Torres Vásquez.

"Yo lo dejé para que lo enviaran al Consejo de Viceministros. Ya estaba cerrado. Espero simplemente que siga su curso y que no lo pare la nueva administración", dijo el exministro Cevallos la semana pasada. 
"Habían varios intereses en juego, pero yo di la orden que saliera de inmediato. Ya no tiene que haber ningún tipo de observación a estas alturas", agregó Cevallos.

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Según Víctor Palacios, director de Prevención y Control de Cáncer del Minsa, se necesitarían 1,500 millones de soles para que la Ley Nacional de Cáncer sea implementada. Se calcula que, en Perú, el cáncer mata a cerca de 35,000 personas cada año, según el último reporte del Observatorio Global del Cáncer 2020.

Tanto el Reglamento de los Clubes Cannábicos como de la Ley Nacional del Cáncer debían haber sido aprobados y publicados en octubre del 2021. Sin embargo, hasta el momento, ya van cinco meses de retraso y los pacientes oncológicos y con enfermedades crónicas siguen esperando.


[Foto de portada: Andina]


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