En Colombia, las mujeres que decidan interrumpir su embarazo hasta la semana 24 de gestación no irán a la cárcel en Colombia, tras la decisión de la Corte Constitucional de este país, votada el último lunes.

Con 5 votos a favor y 4 en contra, el tribunal colombiano despenalizó el aborto hasta los 6 meses de embarazo. Sin embargo, la Corte mantuvo al aborto como delito en el Código Penal de Colombia.

Hasta antes de esta decisión, el aborto en Colombia no era castigado con cárcel solo en tres casos específicos: violación o incesto, malformación fetal que haga inviable su vida, o cuando la continuación del embarazo constituya peligro para la vida o la salud de la mujer, certificada por un médico. Las mujeres que no encajaban en estos tres casos eran castigadas con cárcel. 

La resolución de la Corte Constitucional de Colombia se dio tras las demandas de organizaciones feministas como Movimiento Causa Justa, que promueve la eliminación total del delito de aborto del Código Penal colombiano.

Los colectivos feministas en América Latina consideran que ninguna mujer debe ir a la cárcel por decidir sobre su propio cuerpo al someterse a un aborto. De igual manera, defienden los derechos de los profesionales de la salud a practicar el aborto sin criminalización ni estigmas.

Con esta despenalización parcial del aborto en Colombia, el Movimiento Causa Justa considera que se ha reconocido la "libertad y autonomía de las mujeres para decidir sobre sus cuerpos y proyectos de vida, características fundamentales de una ciudadanía plena".


[Foto de portada: REUTERS]


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