En medio del peor desastre ambiental del Perú, como consecuencia del derrame de 6 mil barriles de petróleo en las costas de Lima y Callao, y cuatro meses después de que lo anunciara ante la 76 Asamblea General de la ONU, este jueves el presidente Pedro Castillo firmó en Ventanilla el decreto supremo que declara de interés nacional la emergencia climática en el Perú.

Esta declaración se da con el propósito de ejecutar con carácter de urgencia medidas para implementar la acción climática de acuerdo con lo establecido en las contribuciones determinadas a nivel nacional al año 2030, en paralelo con el objetivo global de limitar el incremento de la temperatura y alineado con el cumplimiento de los objetivos de desarrollo sostenible, reactivación económica, reducción de las brechas socioeconómicas y la reducción de los riesgos y la vulnerabilidad ante los efectos adversos del cambio climático.

Las líneas prioritarias que brindarán soporte a la emergencia climática serán las siguientes: gobernanza climática, educación en cambio climático, monitoreo y seguimiento, financiamiento climático, derechos humanos y justicia climática.

Cabe indicar que desde 2018 el Perú cuenta con una Ley Marco de Cambio Climático y su reglamento un año después, y posteriormente con un Plan Nacional de Adaptación al Cambio Climático y una Estrategia Nacional ante el Cambio Climático al 2050, que es el principal instrumento de gestión integral del cambio climático que orienta y facilita la acción de cambio climático del Estado a nivel nacional, regional y local a largo plazo. Asimismo, en 2021 el anterior gobierno actualizó su compromiso climático al 2030

El año pasado, en entrevista con La Mula Verde, Rosa Morales Saravia, directora general de Cambio Climático del Ministerio del Ambiente, indicó que "la emergencia climática no se queda en el clima, sino que se puede traducir, directamente, a una emergencia económica". Y es que la crisis climática también afecta la economía de un país.  

La pandemia del COVID-19 y la emergencia climática no solo se pueden comparar en términos de costos de la acción o la inacción. En la primera, primó el sentido de urgencia y la decisión política; en la segunda, aún no. En la pandemia, los recursos humanos y financieros destinados a su mitigación fueron significativos; en la emergencia climática distan de serlo. En la emergencia climática, el liderazgo gubernamental tiene mucho camino por recorrer aún, mientras los mercados acumulan presiones sobre el sistema climático mundial. Se sigue actuando como si no existieran esas presiones que, quizás más lentamente, pero necesariamente, se propagarán por los sistemas económicos y sociales como ha sucedido con la pandemia. 

La crisis climática costará mucho más si no hacemos lo necesario para evitar sus peores impactos. Ambas crisis, la de la pandemia y la climática, nos llevan a reconocer el valor de los bienes y servicios públicos como seguro contra males mayores y contra la desigualdad. La pandemia nos obliga así a pensar sobre el valor estratégico de los bienes públicos y la necesidad de que sean objeto de una gobernanza eficaz.

Como se recuerda, en agosto del año pasado se conoció el sexto informe del Panel Intergubernamental de Cambio Climático, el IPCC, que remarcó que América Latina será sumamente vulnerable a los efectos nocivos de la crisis climática. Por ello es importante resaltar la declaratoria de la emergencia climática.


En los siguientes días debe publicarse el decreto supremo en las normas legales de El Peruano. Lo revisaremos y les comentaremos.


 Foto: Senamhi