Tras el fallo del Tribunal Constitucional (TC) que declaró fundada, en parte, la demanda contra Ley 31131, que incorporaba a trabajadores CAS a regímenes 276 y 728, la Autoridad Nacional del Servicio Civil (Servir) se pronunció afirmando que dicha ley era inconstitucional.

Si bien Servir dijo que solo se pronunciaría sobre los detalles técnicos del contenido de la sentencia cuando el TC publique oficialmente el texto íntegro de su resolución, adelantó algunas opiniones.

En un comunicado, Servir reconoció el "valioso aporte de los servidores bajo el régimen CAS en el Estado" y consideró que "muchos de ellos" cuentan con un "alto nivel profesional, liderazgo" y que trabajan a favor del país.

"La Ley 31131 era inconstitucional, entre otras razones, porque vulneraba la competencia exclusiva del Poder Ejecutivo sobre la gestión de los recursos humanos en el Estado y, además, afectaba la meritocracia y el servicio civil", sostuvo.

Además, Servir señaló que la Ley 31131 no solucionaba el problema de la discriminación del Régimen CAS, el cual permite que trabajadores que realizan similares funciones tengan salarios y beneficios laborales distintos.

"Adicionalmente, señalamos que, a pesar de sus loables propósitos, la Ley 31131 no afrontaba ni solucionaba el problema de la discriminación en los regímenes públicos, sino que lo agravaba, generando un impacto negativo sobre las entidades públicas y la ciudadanía", señaló la Autoridad Nacional del Servicio Civil.

En ese sentido, Servir coincidió en que "la alternativa más responsable es el pase de los servidores CAS al régimen del servicio civil". Al respecto, resaltó que el servicio civil "es una política de Estado que brinda la oportunidad de ser parte, voluntariamente, de un régimen único, ordenado y planificado, con estabilidad y mejores condiciones laborales, en el marco de la meritocracia".

Por otro lado, consideró que, con su sentencia, el TC ha "fortalecido el concepto de meritocracia en todas las Instituciones públicas, resaltándola como un principio básico del acceso a la función pública y como el mejor mecanismo para contar con los mejores cuadros profesionales en el Estado, para servir mejor a la ciudadanía".

Servir informó que, como órgano técnico del Estado, se pone a disposición del Ejecutivo y Legislativo para trabajar "en un espacio de cooperación entre poderes" en las medidas que sean necesarias para implementar la decisión del TC. Resaltó que su objetivo es despejar las dudas que se pueda generar en los más de 300,000 servidores CAS y sus familias.

Como se recuerda, desde hace al menos nueve años un grupo de trabajadores del sector público viene esperando que el Estado elimine el régimen laboral CAS. Sus argumentos son que este régimen es discriminatorio, ya que hay trabajadores que realizaban labores similares que otros colegas, pero reciben menor salario y no tienen todos los beneficios laborales.

Al respecto, el exministro de Trabajo, Christian Sánchez, sostuvo, en un Amicus Curiae, que "normas con rango de ley que reflejan una consciente y explícita política de promoción de empleo formal a través de tratos normativos diferenciados" resultan "lesivos al principio de igualdad y al de no discriminación".

Desde la gestión de Iber Maraví, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) estaba trabajando en reglamentar la ley que incorporaba a los trabajadores CAS a los regímenes 276 y 728, incorporación que ahora ha sido declarada como inconstitucional por el TC.

ss

[Foto de portada: Andina]


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