Tras más de doce años de proceso judicial, tiempo en el que fueron criminalizados, un grupo de 20 indígenas awajún y wampis fueron absueltos del caso Estación 6, relacionado a los lamentables sucesos del Baguazo.

El 5 de junio del 2009, durante el gobierno de Alan García, ciudadanos integrantes de comunidades indígenas de Bagua (Amazonas) participaron en las protestas contra los decretos legislativos aprobados para implementar el Tratado de Libre Comercio (TLC) con Estados Unidos (EEUU). En medio de los enfrentamientos entre policías y ciudadanos, fallecieron 33 personas.

En el caso Estación 6, se denunció penalmente a un grupo de indígenas awajún y wampis por las muertes y lesiones de efectivos civiles ocurridos al interior de una estación de Petroperú luego de ocurridos los incidentes en la Curva del Diablo. En su momento, el Ministerio Público (MP) pidió que se les imponga la pena máxima de cadena perpetua.

Durante todo el tiempo, los indígenas acusados se defendieron argumentando que no pudieron contener a un grupo de manifestantes. Sus versiones fueron corroboradas con testimonios de autoridades locales y otros ciudadanos.

Como señala el Instituto de Defensa Legal (IDL), a los indígenas les encomendaron la misión de tomar la estación de bombeo de petróleo de forma pacífica y ellos lo cumplieron al pie de la letra.

"Apostaron siempre por mantener relaciones de convivencia cordiales con el personal de Petroperú y la policía, hasta que fueron literalmente derribados".

Un indicador de cómo investigó el MP y la Policía Nacional del Perú (PNP) es que Alberto Tiwi no era miembro del comité de lucha y no estuvo en la Estación 6 el día 5 de junio de 2009. A pesar de ello, fue comprendido en la acusación. 

En el juicio oral, el fiscal Segundo Wilter Balcazar Pérez ratificó las acusaciones e insistió con su pedido de cadena perpetua.

Finalmente, el último lunes, la Sala Penal de Apelaciones y Liquidadora de Bagua, integrada por los magistrados Luis Alberto Torrejón Rengifo (Presidente), Celestino Sánchez Vides y Flormira Arteaga Ramírez, absolvió a los indígenas. Las instituciones que defendieron a los indígenas fueron el IDL, CEAS, CAAAP y Vicariato de Jaén.

Compartimos los Fundamentos de la Absolución, publicados por IDL:

1. El tribunal consideró que ninguno de los policías sobrevivientes incrimina a los acusados ni los relaciona con los delitos que la Fiscalía les imputa.

2. El tribunal aplicó lo regulado por el Convenio 169 de la OIT y las 100 reglas de Brasilia.

3. Tomaron en cuenta el testimonio clave del ingeniero Fernando Urízar, quien afirmó que el 5 de junio del 2009 los líderes no pudieron controlar a una turba que llegó intempestivamente e ingresó a la Estación de forma violenta, llevó al monte a los 10 policías de la DINOES y los asesinaron.

Tras esta sentencia absolutoria, el MP, junto a la Procuraduría, ha interpuesto recurso de nulidad. Con ello, el caso pasará a la Corte Suprema.

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[Foto de portada: Andina]


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