Se encamina el juicio. La Corte Superior Nacional confirmó, por mayoría, la resolución del 4° Juzgado de Investigación Preparatoria que declaró infundado el recurso de nulidad planteado por la defensa de la lideresa de Fuerza Popular, Keiko Fujimori, y otros, contra la disposición fiscal que concluyó la investigación que se les sigue por los delitos de organización criminal y otros en agravio del Estado.
De esta manera, la Sala confirmó la resolución del Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional, emitida en junio del 2021, mediante la cual se declaró infundada la nulidad interpuesta por las defensas técnicas de Jaime Yoshiyama Tanaka, el partido Fuerza Popular, Keiko Fujimori, Mark Vito Villanella, MVV Bienes Raíces y Luis Barboza Dávila contra una disposición fiscal de marzo del 2021 emitida en el proceso seguido por el delito de lavado de activos y otros en agravio del Estado.
“2° SPA confirmó por mayoría, resolución del 4° JIP que declaró infundada nulidad planteada por defensa de Keiko Fujimori y otros, contra disposición fiscal que concluyó la investigación que se les sigue por los delitos de organización criminal y otros en agravio del Estado”, se lee en la resolución difundida este martes en las redes sociales de la Corte Superior de Justicia.
Los argumentos de los abogados solicitaban la nulidad argumentando que estaban pendientes las diligencias de toma de declaración a exrepresentantes de Odebrecht como Isaías Ubiraci Chaves Santos, María Lucía Guimaraes Tavares y Angela Palmeira Ferreira.
Sin embargo, la sentencia de la Sala señala que la disposición del Ministerio Público no ha vulnerado el derecho a la defensa de los investigados. Asimismo, precisa que la decisión de dar por terminada la investigación preparatoria y la de presentar la acusación formal es una potestad del fiscal a cargo del caso, y que no hay normas que digan que esto no puede hacerse cuando hay “diligencias pendientes”.
En marzo de este año, el fiscal José Domingo Pérez, del Equipo Especial Lava Jato presentó una acusación contra la lideresa de Fuerza Popular y otras 41 personas, incluidas en el caso conocido como 'Cocteles', que investigó por presuntos aportes ilícitos en la campaña electoral de 2011. A estas personas se le atribuyen los delitos de crimen organizado, lavado de activos, obstrucción a la justicia, falsa declaración en procedimiento administrativo y falsedad genérica.
En el caso de Keiko Fujimori, Vicente Silva Checa, Pier Figari, Ana Herz, Jaime Yoshiyama, José Chlimper y Adriana Tarazona, el Ministerio Público solicitó 30 años y 10 meses de prisión, por los delitos antes mencionados. Para los otros 33 acusados, las penas que solicita van desde los 6 a los 22 años de cárcel.
La acusación de José Domingo Pérez también incluye un pedido de cárcel para Mark Vito Villanella, esposo de Keiko Fujimori, por 22 años y ocho meses por el presunto delito de lavado de activos. Además se solicita la pena de 6 años y 6 meses de prisión para Giulliana Loza, abogada de la líder de Fuerza Popular, por el presunto delito de obstrucción a la justicia.

resolución judicial
(Foto: Andina)
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