Gracias a la presión pública. El Pleno del Congreso de la República aprobó, el último domingo 5 de julio, que los sentenciados en primera instancia por delito doloso no puedan postular en cargos de elección popular, correspondientes al presidente, vicepresidente, congresistas, Parlamento Andino. Con 111 votos a favor, 14 en contra (de Fuerza Popular) y 0 abstenciones, la autógrafa de ley al superar los 87 votos, por lo que no deberá ser respaldada vía referéndum, sino solo ser nuevamente confirmada por los parlamentarios en la siguiente legislatura que iniciará el 6 de julio.

Esta iniciativa, aprobada a menos de una hora de que se acabe oficialmente la presente legislatura, establece que tampoco podrán ocupar puestos de confianza en la función pública los condenados en las mismas condiciones. Se precisa además que están prohibidos de participar en contiendas electorales los que recibieron una pena en calidad de autoras o cómplices.

La legisladora fujimorista Martha Chávez afirmó que una sentencia de primera instancia no tiene la firmeza para romper la presunción de inocencia. “Bastarían un fiscal corrupto o un fiscal allegado al poder de turno para atacar a los opositores. ¿Eso es lo que queremos? ¿La ley de la selva? Si alguien está pensando que Keiko Fujimori serán sentenciada en primera instancia dentro de poco, dudo que pase a eso”, indicó la parlamentaria, quien además aseguró que esta norma no podría ser sometida a referéndum, debido a que afecta derechos como la presunción de inocencia. 

El dictamen que la Comisión de Constitución, presidida por Omar Chehade, presentó establecía que podían postular a los cargos de elección popular y a los de confianza, los condenados en primera instancia por delitos dolosos con pena privativa de la libertad menor a cuatro años. De esta manera, se dejaba carta abierta a los sentenciados por delitos de corrupción, lavado de activos, entre otros a que puedan participar de las contiendas electorales, advirtieron la bancadas de Somos Perú, el Frepap y Acción Popular.

Pese a los cuestionamientos, Chehade manifestó que se debería mantener la fórmula presentada y recordó que el propio presidente, Martín Vizcarra, anunció que presentaría una iniciativa poniendo una valla mínima de cuatro años de pena privativa de libertad. Sin embargo, el parlamentario de Alianza Para el Progreso tuvo que ceder y presentó un texto sustitutorio, el cual establecía que el impedimento para postular contemple a todos los sentenciados en primera instancia.

artículos incluidos en la constitución

De esta manera la autógrafa de ley modifica la Constitución Política de esta manera agregando los siguientes párrafos. 

Artículo 34-A.- Están impedidas de postular a cargos de elección popular, las personas sobre quienes recaiga una sentencia condenatoria emitida en primera instancia, en calidad de autoras o cómplices, por la comisión de delito doloso.

Artículo 39-A: Están impedidas de ejercer la función pública, mediante designación en cargos de confianza, las personas sobre quienes recaiga una sentencia condenatoria emitida en primera instancia, en calidad de autoras o cómplices, por la comisión de delito doloso.

Cabe señalar que el Pleno del Congreso este domingo también aprobó la eliminación de la inmunidad parlamentaria y el derecho a antejuicio del presidente de la República, ministros, miembros del Tribunal Constitucional y el defensor del Pueblo.

(Foto de cabecera: Andina)

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