Las denuncias de diversos usuarios y gremios por el alza en los precios de los medicamentos vinculados al tratamiento del COVID-19 ha sido la constante esta última semana. Este agravio de las empresas farmacéuticas contra las personas usuarias de los servicios de salud ha motivado a que la fiscal de la Nación, Zoraida Ávalos, presente este lunes 18 al Congreso de la República un proyecto de ley en el que propone reincorporar al Código Penal el delito de acaparamiento, además de sugerir la modificación de lo estipulado en el delito de especulación (234 del Código Penal), ya que en su actual redacción “resulta inoperativo”.

En un mensaje, enviado mediante redes sociales, el Ministerio Público aclara que la iniciativa legislativa tiene como objeto “posibilitar la sanción de conductas que afecten o pongan en riesgo la salud o la vida de las personas, como ocurre con el precio de medicinas y materiales de bioseguridad, en situaciones como en el actual contexto de emergencia sanitaria”. 

En referencia al acaparamiento, el documento de la fiscalía solicita que se incorpore el artículo 233 al Código Penal con el siguiente texto: "El que provoca escasez o desabastecimiento de bienes de necesidad urgente para la vida y la salud de las personas, mediante la sustracción o acaparamiento; con la finalidad de alterar los precios en su beneficio, y con perjuicio de los consumidores; será reprimido con pena privativa de libertad no menor de cuatro ni mayor de seis años y con ciento ochenta a trescientos sesenta y cinco días-multa”. 

En la justificación de motivos, la Fiscalía de la Nación se refiere al derogado artículo 233 del Código Penal en el que se hacía alusión al delito de acaparamiento. En dicho dispositivo se hacía mención únicamente a “bienes de consumo o productos”, así como a “bienes de primera necesidad”. El artículo fue derogado en 2008, durante el segundo gobierno de Alan García, en el contexto de la negociación del denominado Tratado de Libre Comercio con los Estados Unidos a través del "Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Represión de Conductas Anticompetitivas". 

“En la presente propuesta legislativa se está considerando calificar como delito solo aquellas conductas que, además de ser atentatorias contra el orden económico, afecten gravemente al usuario o consumidor, en un grado tal que tengan la capacidad de poner en riesgo la salud o vida. Cuando no concurran tales supuestos será de competencia administrativa", expone el proyecto.

En tanto, respecto al delito de especulación, la Fiscalía de la Nación propone excluir del vigente tipo penal las condiciones de calificación de los bienes como de “primera necesidad” y de precio fijado por la autoridad, los mismos que hacen inaplicable a los incisos dado que el Estado no fija los precios de los bienes, sino el mercado.

Para ello, propone que el texto quede de la siguiente manera: “El productor, fabricante o comerciante que incrementa los precios existentes en el mercado de los bienes y productos, que son de urgencia para la vida y la salud de las personas, aprovechando una situación de mayor demanda por causas de emergencia o calamidad declarada por la autoridad competente, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de dos ni mayor de seis años y con ciento ochenta a trescientos días días-multa”.

La propuesta de Zoraida Ávalos no es la única respecto al referido tema. Seis bancadas legislativas remitieron este lunes un oficio al presidente del Congreso, Manuel Merino de Lama, solicitando que se priorice en la agenda del pleno el debate de los dictámenes en insistencia de la autógrafa de la ley que sanciona el acaparamiento, la especulación y la adulteración en las zonas declaradas en emergencia por desastres. El documento -que lleva la firma de los voceros de Acción Popular, Frepap, Podemos Perú, Somos Perú, Alianza para el Progreso y el Frente Amplio- menciona que esta se encuentra en orden del día desde el 22 de agosto del 2017.

Ese mismo día, la congresista de Alianza Para el Progreso Carmen Omonte anunció que presentará un proyecto que pretende restituir el artículo 233 del Código Penal, el cual fue derogado a través de un Decreto Legislativo en junio del 2008. Omonte consideró que es “urgente, tipificar como delito el acaparamiento y la especulación de precios”, en el marco del estado de emergencia por el coronavirus. Añadió que el Estado debe tener un rol regulador en aras de proteger a la población y así evitar que diferentes empresas acaparen alimentos o medicamentos para ofertarlos a un precio sobrevalorado. 

De otro lado, la Defensoría del Pueblo recomendó al Congreso de la República dotar al Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) para sancionar el acaparamiento de productos de primera necesidad y la especulación de precios durante el estado de emergencia que atraviesa el país debido a la propagación del nuevo coronavirus (COVID-19)

A través del informe N° 010-2020-DP, el mencionado órgano autónomo indicó que, luego que el presidente de la República, Martín Vizcarra, declarara el estado de emergencia nacional, el último 15 de marzo, se registró un aumentó en los precios de los alimentos, en los principales centros de abastos, y de productos, como los guantes, mascarillas y alcohol.

“Existen productos que, si bien no son considerados tradicionalmente como de primera necesidad, resultan esenciales para garantizar la salud y vida de las personas bajo circunstancias excepcionales; en este caso, para evitar el contagio de la COVID-19. Al no ser considerados bajo esta calificación, pueden ser objetos de especulación sin que eso llegue a constituir un delito de especulación”, se lee en el referido documento.

DATO

En abril del 2017, el Pleno del Congreso aprobó el proyecto de ley que propone sancionar con penas de cárcel efectiva los delitos de acaparamiento, especulación y adulteración de productos en zonas declaradas en emergencia. La autógrafa fue observada por el Gobierno al considerar que contenía elementos contradictorios con el marco legal vigente. Sin embargo, el parlamento anterior no puso la insistencia en debate del pleno.

(Foto de cabecera: Andina)

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