La subida de precios de algunos medicamentos a manos de cadenas de farmacias perjudica gravemente a personas usuarias de los servicios de salud y es consecuencia de la ausencia de una ley antimonopolios, señala la Asociación Peruana de Consumidores y Usuarios (Aspec).

Este lunes, Crisólogo Cáceres, presidente de Aspec, dijo a América Noticias que con la falta de una ley antimonopolios "se pueden generar prácticas de incrementos grandes de precios frente a los cuales los consumidores están indefensos".

De acuerdo al decreto "que establece el control previo de operaciones de concentración empresarial" (Decreto de Urgencia Nº 013-2019), esta ley debería entrar en vigencia este 20 de agosto del 2020. Sin embargo, el pasado 11 de mayo, mediante Decreto Legislativo 1510, el presidente Martín Vizcarra prorrogó la entrada en vigencia de esta norma hasta el 1 de marzo del 2021.

En su argumentación, el Ejecutivo señala que lo hace para poder "completarse adecuadamente las acciones de implementación necesarias, así como modificar determinadas disposiciones para fortalecer el sistema de evaluación previa".

Un ejemplo de alza de precios durante esta emergencia sanitaria fue reportada, el pasado 7 de mayo, por Salud Con Lupa: un ciudadano de Miraflores (Lima) solo tuvo dos opciones cercanas a su domicilio para adquirir un medicamento para el asma de su menor hijo: salmetarol en aerosol a 160 soles en Mifarma y 157,40 soles en Inkafarma.

En este sentido, cabe resaltar que ambas farmacias son de la empresa Inretail, parte del Grupo Intercorp (Carlos Rodríguez Pastor) y fueron sancionadas, junto a otras tres empresas por concertación de precios en el 2018, con una multa total de casi 9 millones de soles. En enero de ese año, Intercorp pagó 583 millones de dólares para comprar la totalidad de las acciones de Quicorp, dueña de Química Suiza y otras cadenas de farmacias (Mifarma, BTL, Fasa, entre otras).

También se reportaron quejas por la subida del precio de la azitromicina, un antibiótico de amplio espectro. Ante ello, Inkafarma resaltó que era parte del Grupo Intercorp y que este conglomerado estaba buscando el "bienestar" de los peruanos.

“Desde el inicio de la cuarentena hemos trabajado incansablemente para mantener los precios de nuestros productos, así como para ofrecer una amplia variedad de medicamentos genéricos y de marca, a fin de que el usuario pueda tomar una decisión informada que contribuya con su bienestar”, dijo Hernán Malpartida, director de asuntos corporativos de la plataforma de salud del Grupo Intercorp.

Ante esta alza de precios de medicamentos en plena emergencia sanitaria por el Covid-19, la Defensoría del Pueblo recomendó, el pasado 30 de abril, que el Congreso dote a Indecopi de facultades para sancionar especulación de precios durante este estado de excepción.

En un documento titulado "Recomendaciones para proteger los derechos a la alimentación y a la salud", la Defensoría señaló que si bien existen productos que no son considerados tradicionalmente como de primera necesidad, existen productos que "resultan esenciales para garantizar la salud y vida de las personas bajo circunstancias excepcionales".

La Defensoría recordó que el Código Penal se refiere al delito de especulación como aquel que sanciona a todo productor, fabricante o comerciante que ponga en venta productos considerados oficialmente de primera necesidad a precios superiores a los fijados por la autoridad, con pena privativa de libertad entre 1 y 3 años y con 90 a 180 días multa.

Sin embargo, advierte la Defensoría, esto resulta inaplicable porque remite a una norma extrapenal que debiera establecer una lista oficial de productos de primera necesidad, pero no existe ni esta lista ni la autoridad que fije los precios.

"[...] hasta que no se establezca una lista oficial o una autoridad que fije precios superiores de bienes de primera necesidad, no podrá aplicarse. Dicha ausencia no debe ser óbice para que la conducta permanezca impune. En esa línea, debe dársele facultades al Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi), en su calidad de Autoridad Nacional de Defensa del Consumidor, para sancionarla, más aun, en situaciones de excepción constitucional", sostuvo el organismo no gubernamental.


[Foto de portada: Andina]


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