Ya es oficial. Las multas por incumplir las restricciones de tránsito y movilidad en el Estado de Emergencia Sanitaria a Nivel Nacional para contener la propagación del nuevo coronavirus (Covid-19) serán desde los S/ 86 hasta los S/ 430, según la gravedad de la infracción.
El Decreto Legislativo Nº 1458 publicado este martes en el diario El Peruano, fija el marco legal para ejercer la potestad fiscalizadora y regula el régimen sancionador aplicable por la Policía Nacional.
El dispositivo legal señala que el infractor que no cumpla con el pago de la sanción pecuniaria dentro del plazo establecido, no podrá realizar trámites civiles, como la suscripción de cualquier tipo de contrato civil ni hacer trámites ante las entidades bancarias, cualquier acto notarial o ante la Superintendencia Nacional de Registros Públicos (Sunarp), y tampoco viajar al exterior.
Además, la norma otorga al Ministerio del Interior cinco días hábiles para aprobar el monto de las multas a imponer por infracción cometida, así como su tipificación, el proceso sancionador y los mecanismos para la ejecución coactiva de las multas impagas.
Tipo de infracciones
El decreto precisan las circunstancias que constituyen infracciones administrativas las siguientes conductas:
1. Desarrollar actividades económicas no consideradas de prestación y acceso esencial previstas en el artículo 4 del Decreto Supremo N° 044-2020-PCM.
2. Circular por la vía pública, para la realización de actividades que no estén contempladas en el numeral 4.1 del artículo 4 del Decreto Supremo N° 044-2020-PCM.
Excepciones
◉ En estos supuestos no se incluyen personas con autismo que, por su condición, requieran salir, solas o en compañía de otra persona, de sus domicilios, y siempre que sea absolutamente necesario, para que se les lleve a sitios muy cercanos a su domicilio, por tiempos breves, con mascarilla y que mantengan la distancia social de un metro respecto de otra persona.
◉ Tampoco están comprendidas las personas que salen a la calle a atender las necesidades de sus mascotas, durante el periodo de aislamiento social, siempre que se les lleve a sitios muy cercanos a su domicilio, por tiempos breves, y salgan con mascarilla y mantengan la distancia social de al menos un metro respecto a otra persona.
3. Circular por la vía pública sin contar con el respectivo pase personal laboral, en caso corresponda.
4. Circular con vehículo de uso particular sin la autorización emitida por el Ministerio de Defensa o el Ministerio del Interior.
5. No respetar la inmovilización social obligatoria desde 18:00 horas hasta las 04:00 horas del día siguiente a nivel nacional, y desde las 16:00 horas hasta las 04:00 horas del día siguiente en los departamentos de Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad y Loreto u otro horario que por norma especial se establezca.
6. No respetar la inmovilización social obligatoria durante todo el día el domingo, durante el tiempo que dure el Estado de Emergencia Nacional, u otros días que por norma especial se disponga.
7. Desarrollar actividades sociales, recreativas, culturales, religiosas de aglomeración o concurrencia masiva o no masiva en la vía pública.
8. Circular por la vía pública sin usar la mascarilla de uso obligatorio.
9. Salir más de una persona por familia, para la adquisición de víveres o productos farmacéuticos.
10. No respetar el mínimo de un metro de distancia obligatorio, formando aglomeraciones en los establecimientos comerciales cuya apertura esté permitida.
11. No contar o rehusarse a cumplir con la identificación dispuesta por los miembros de la Policía Nacional o de las Fuerzas Armadas.
El presidente Martín Vizcarra recordó que durante la cuarentena solo puede salir una sola persona por familia, y si es estrictamente necesario. "Pero seguimos viendo aglomeraciones en mercados, vemos personas que van con sus hijos, gente paseando por el parque en pareja. Todos esas formas de infringir las disposiciones son potenciales formas de contagio", subrayó.
Agregó que luego de cuatro semanas de aislamiento social ha llegado la hora de ser más estrictos y que, por eso, ahora quien incumpla se hará merecedor de una multa, al remarcar que el objetivo es evitar el contacto entre las personas, sobre todo ahora que se empieza a observar una tendencia a la baja en la curva de contagios de coronavirus en el país.
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