Ya habían advertido alguna medida de protesta. "¡Las centrales nos veremos obligadas a salir a las calles para defender nuestros derechos fundamentales!", dijeron las cuatro centrales sindicales del Perú (CGTP, CUT, CATP y CTP), el pasado 10 de abril, cuando, de manera conjunta, pidieron al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) que respete el diálogo social tripartito para decidir de manera conjunta medidas laborales para afrontar la crisis por el Covid-19.
Este lunes, luego del anuncio presidencial de que se va a habilitar la "figura excepcional" de suspensión perfecta de labores (trabajadores dejan de laborar y empresas les dejan de pagar sus salarios, pero mantienen un vínculo), la CGTP mostró su rechazo a esta medida, que denunciaron fue tomada sin el debido diálogo en el Consejo Nacional de Trabajo y Promoción del Empleo (CNTPE). Por ello, anunciaron una protesta, aunque sin salir a las calles.
“Este gobierno no respeta el espacio del diálogo social, los trabajadores estamos asumiendo y cargando esta crisis del Covid-19. Ante ello, vamos a tomar una acción de lucha, un cacelorazo a nivel nacional”, dijo Gerónimo López, secretario general de la CGTP, según cita el diario La República.
“Desde todas las ventanas, aquellos que sientan que el Gobierno los ha dejado desprotegidos, a ellos les pedimos que nos acompañen en esta protesta”, agregó.
El dirigente de la CGTP criticó que los trabajadores afectados por una eventual suspensión perfecta de labores (o licencia sin goce de haber) tengan que hacer uso de sus CTS y AFP, los cuales son fondos propios destinados a situaciones de desempleo y jubilación, no "bonos" ni "ingresos". Las prestaciones económicas solo se darían en los casos de trabajadores que no cuenten con CTS por pertenecer a regímenes especiales como el de las microempresas, por ejemplo.
Por su parte, Julio Bazán, presidente de la CUT, consideró como "apresurado" este anuncio. "Se deduce que el Gobierno deja abierta la opción a todas las empresas para que procedan a discreción a decidir el destino de los trabajadores”, afirmó.
“Estaremos atentos al texto final, pero desde ya anunciamos que, poniendo por delante la vida y la salud, llamamos a los trabajadores a seguir respetando la cuarentena y a mantenerse atentos para acatar las medidas de protesta que las centrales sindicales podamos realizar para defender el empleo, los ingresos y la protección, seguridad y salud en el trabajo”, agregó.
El martes 14 de abril del 2020, el Ejecutivo publicó el Decreto de Urgencia Nº 038-2020, con el que dice buscar "mitigar los efectos económicos causados a trabajadores y empleadores", y habilita que empleadores puedan aplicar la suspensión perfecta de labores en perjuicio de los trabajadores.
Según se lee en el decreto, los empleadores que pueden tomar esta medida son aquellos "que no puedan implementar la modalidad de trabajo remoto o aplicar licencia con goce de haber, por la naturaleza de sus actividades o por el nivel de afectación económica". La norma indica que las medidas se adoptarán "privilegiando el acuerdo con los trabajadores", pero no pone al diálogo como condición previa a optar por la suspensión. El decreto tampoco distingue entre grandes y microempresas.
Además, el Decreto de Urgencia N° 038-2020 indica que esta medida rige hasta treinta días calendario luego de terminada la vigencia de la emergencia sanitaria. En este sentido, debemos precisar que la emergencia sanitaria a nivel nacional empezó el pasado 11 de marzo con la orden de que dure 90 días calendario (Decreto Supremo N° 008-2020-SA). Por último, el decreto sobre la suspensión perfecta de labores señala que el MTPE y el Ministerio de Economía y Finanzas pueden prorrogar el plazo de vigencia de esta medida mediante decreto supremo.
Apoyo estatal a empresas para no interrumpir pagos a trabajadores

foto: andina
El gobierno peruano ha creado diversos programas como Reactiva Perú (Decreto Legislativo N° 1455), cuyo objetivo es "garantizar el financiamiento de la reposición de los fondos de capital de trabajo de empresas que enfrentan pagos y obligaciones de corto plazo con sus trabajadores y proveedores de bienes y servicios". Para ello, se ha dispuesto que el Gobierno otorgue garantía a los créditos hasta por la suma de S/ 30 000 000 000 000,00 (treinta mil millones de soles).
Además, el gobierno dispuso la creación del Fondo de Apoyo Empresarial (FAE-MYPE) [Decreto de Urgencia N° 029-2020] que tiene como objeto "garantizar los créditos para capital de trabajo otorgados a las MYPE, así como reestructurar y refinanciar sus deudas". Para financiar este fondo, el MEF quedó autorizado a transferir una suma de hasta S/ 300 000 000,00 (trescientos millones de soles).
Por otro lado, el Ejecutivo aprobó el subsidio para el pago de la planilla de empleadores del sector privado (Decreto Nº 033-2020). En dicha norma, se explica que, de manera excepcional, las empresas recibirán un "subsidio por cada trabajador que genere rentas de quinta categoría". Se especifica que "el umbral máximo para la remuneración bruta mensual de cada trabajador por el cual el empleador recibirá el subsidio es de S/ 1 500,00 (mil quinientos soles). "Por cada empleador, el monto del subsidio no es superior al 35% de la suma de las remuneraciones brutas mensuales correspondientes a los trabajadores del empleador", se lee en el decreto. Para financiar este subsidio, la Dirección General del Tesoro Público ha transferido S/ 600 000 000, 00 (seiscientos millones de soles) a favor del Banco de la Nación para que efectúe el pago en cuenta del subsidio correspondiente.
Los fondos que el Estado peruano ha destinado a las empresas, con el objetivo de financiar capital de trabajo y no interrumpir la cadena de pago a trabajadores y proveedores, suma un total de S/ 30 900 000 000,00 (treinta mil novecientos millones de soles).
[Foto de portada: DW]
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