Fundo Santa Patricia S.A. es una empresa agroexportadora dedicada al cultivo de mandarinas y paltos. Ubicada en Huaral en un terreno de 408 hectáreas, opera desde el 2005 y es parte del Grupo Romero (GR).

En esta empresa, trabajaba Morelia Chávez Llashag (25), que, lamentablemente perdió la vida en un accidente de trabajo mortal: su cabello se enredó en una máquina procesadora y terminó mutilada. El hecho ocurrió el pasado 26 de diciembre; sin embargo, recién el pasado 30 de diciembre se hizo público a través de medios locales de Huaral.

Red Noticias Norte Chico denunció demora del Ministerio Público (MP) en el levantamiento del cadáver. Trabajadores que se protegen bajo el anonimato le dijeron a dicho medio que fueron testigos del accidente de trabajo mortal y denunciaron que no reciben capacitación para realizar sus labores y que tampoco contaba con las medidas de seguridad necesarias.

Con este accidente de trabajo mortal ya hecho público, ayer 31 de diciembre del 2019, la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) informó que el equipo de la Intendencia Regional de Lima ya está investigando el caso.


Sobre Fundo Santa Patricia y el Grupo Romero

Si bien Fundo Santa Patricia no aparece en la lista de empresas en la página web del GR, la pertenencia a este grupo queda en evidencia en un informe de Gestión Empresarial del 2010

Además, como informa La República, en el reporte anual de sostenibilidad del Fundo Santa Patricia del 2009 se menciona a Dionisio Romero Paoletti como dueño del 15% de las acciones y parte del directorio.

Otra referencia al empleador de esta trabajadora fallecida como parte del grupo empresarial Romero la encontramos en una una nota de la agencia estatal Andina, en la que se presenta a la Procesadora Torre Blanca del Fundo Santa Patricia como una empresa de RANSA, que sí aparece en la web del GR.

Además, Fundo Santa Patricia tiene como gerente general a Ángel Manuel Irazola Arribas, exdirector de Alicorp S.A.A.


El régimen laboral agrario

Este accidente de trabajo mortal en el sector agroindustrial se suma a otro reciente: el de un empleado de la empresa Agrofutura Company del Grupo Gloria. Estos casos se han presentado en la misma semana que el Poder Ejecutivo decidió ampliar la vigencia de la Ley de Promoción Agraria, que implica un régimen laboral especial que se viene aplicando desde el 2000.

El gobierno de Martín Vizcarra defiende esta ley haciendo referencia a los millonarios ingresos de las empresas agroexportadoras y a los puestos de trabajo. Por su parte, los representantes de los trabajadores (CGTP y Fentagro) denuncian que el régimen laboral agrario es discriminatorio y promueve el trabajo precario a través de contratos temporales y límites a la sindicalización.

Un informe del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) del 2018 señaló los efectos negativos del régimen agrario: mayor desprotección de los trabajadores ante el desempleo, afecta la sostenibilidad financiera de EsSalud, favorece a un segmento empresarial que no requiere de dicho subsidio en perjuicio de otros sectores.


Cambios a la legislación por muertes por accidentes de trabajo

Luego de la muerte de dos jóvenes en un restaurante de la transnacional McDonald's en Lima, el gobierno de Vizcarra modificó el Código Penal para tipificar el delito de atentado contra las condiciones de seguridad y salud en el trabajo. Este cambio se hizo a través del Decreto de Urgencia 44-2019, publicado en el diario El Peruano el pasado 30 de diciembre del 2019, y que será aplicable a partir de hoy 1 de enero del 2020.

Hasta octubre del 2019, según cifras oficiales del MTPE, 194 trabajadores perdieron la vida en accidentes de trabajo.


[Foto de portada: Andina]


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