El juez del Tribunal Constitucional (TC) Carlos Ramos Núñez fue denunciado por el fiscal José Domingo Pérez por el delito de revelación indebida de identidad. En un informe presentado al coordinador del Equipo Especial Lava Jato, Rafael Vera, el magistrado Pérez pidió que se ponga en conocimiento de la titular del Ministerio Público, Zoraida Ávalos, para que proceda “conforme a sus atribuciones”.

En el documento se precisa que el tribuno habría cometido el mencionado delito, previsto y sancionado en el artículo 409-B del Código Penal, al identificar de forma indebida a Jorge Yoshiyama Sasaki como aspirante a colaborador eficaz en el auto de aclaración al fallo del TC que dejó en libertad a la lideresa de Fuerza Popular, Keiko Fujimori. 

Oficio del fiscal José Domingo Pérez (fuente: el Comercio)

Oficio del fiscal José Domingo Pérez (Fuente: El Comercio)

En el caso de Jorge Yoshiyama, es necesario recordar que se trata de un aspirante a colaborador eficaz, por lo que sus declaraciones requieren de ciertos actos concretos para su adecuada corroboración”, se lee en el oficio, que fue emitido el último miércoles 4 de diciembre, luego que el procurador del Poder Judicial, Marco Palomino, presentara un recurso de aclaración.

Previamente Vela Barba consideró que el tribuno habría cometido un delito por haber mencionado en su resolución sobre el hábeas corpus de Keiko Fujimori el nombre de un colaborador eficaz. “El magistrado del Tribunal Constitucional Carlos Ramos Núñez ha incurrido en la posible comisión del delito de revelación indebida de identidad (...) al identificar indebidamente a Jorge Yoshiyama Sasaki como colaborador eficaz en el auto del Tribunal Constitucional del 4 de diciembre”, dijo,  al referirse a la resolución del TC que declara procedente el hábeas corpus y ordena la liberación de la lideresa de Fuerza Popular.

“Es un hecho gravísimo y nosotros no podemos comentar porque identificar a un colaborador eficaz es un delito. Efectivamente, el artículo 409 del Código Penal así lo establece [...] Si eso fuera cierto, cosa que no puedo comentar ni revelar, estaría incurriendo en un delito”, comentó a Canal N.
“Nunca el señor Jorge Yoshiyama, en todas las declaraciones que han sido publicadas, ha revelado que él sea un aspirante a colaborador eficaz. Él siempre ha declarado como imputado [...] (Carlos Ramos) ha cometido varias cuestiones importantes de analizar, hasta desde el punto de vista penal”, añadió el titular del equipo especial.

En su resolución publicada el jueves 28 de noviembre en el portal web del TC, Ramos se pronuncia a favor del hábeas corpus para anular la prisión preventiva contra Keiko Fujimori porque, entre otros fundamentos, el testimonio de Jorge Yoshiyama Sasaki que implica a la lideresa de Fuerza Popular se debe corroborar por tratarse de un “aspirante a colaborador eficaz”.

En declaraciones para la prensa, el tribuno afirmó que su posición emitida en la resolución que permitió la liberación de Fujimori Higuchi es clara. “Yo creo que es bastante clara. Es inequívoco. Yo me he pronunciado por la libertad, en el tema del agravio a la libertad personal”, sostuvo el magistrado.

DATO

◉ De acuerdo al artículo 409-B del Código Penal, en el caso de funcionarios públicos, la sanción podría ser pena privativa de la libertar “no menor de cinco ni mayor de siete años, e inhabilitación conforme al artículo 36°, incisos 1,2 y 4”.

(Foto de cabecera: Andina)

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