Para la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), este proyecto no es claro en las afectaciones que podría tener en los pueblos indígenas y poblaciones ribereñas. En su reciente informe “Situación de los derechos humanos de los pueblos indígenas y tribales de la Panamazonía”, la CIDH ha incluido el caso del proyecto Hidrovía Amazónica.

La CIDH identificó que éste proyecto “no sería claro en las afectaciones que podría tener en los pueblos indígenas y poblaciones ribereñas” y que se deben tomar los resguardos para que los aportes de los sabios indígenas que participaron en la elaboración del EIA sean incluidos. 

Además, la justificación y estudio económico del proyecto estarían basados en datos desactualizados por lo cual, para la CIDH, se incrementarían los impactos que el proyecto podría tener en los ríos, no solo como vías de transporte sino como ecosistemas, medios de vida y elemento central de la cultura de numerosos pueblos indígenas y de la Amazonía.  

El organismo internacional reconoce que los proyectos de infraestructura en la región generan impactos irreversibles al medio ambiente y a las comunidades locales, y en general, han sido impuestos a los pueblos indígenas sin cumplir con su derecho a la consulta y consentimiento libre, previo e informado. Por ello, la Comisión recomienda fortalecer el carácter previo y pleno de la consulta previa.  

Esto es algo que los pueblos indígenas involucrados en el proyecto Hidrovía vienen advirtiendo, señalando que el carácter previo no significa que se haga antes de la firma del contrato, sobre todo considerando que luego de dos años de la firma del contrato, no existe claridad sobre los impactos que puede generar. Es necesario precisar que la CIDH en anteriores oportunidades ha recomendado la realización de consultas a pueblos indígenas en el proceso del estudio de impacto ambiental.

En total, el Estudio de Impacto Ambiental (EIA) de Hidrovía Amazónica recibió más de 400 observaciones como parte de la evaluación del proyecto, incluyendo 73 del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles (SENACE), 60 de cumplimiento obligatorio de la Autoridad Nacional del Agua (ANA) y del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas (Sernanp) y 272 de otras diez instituciones públicas. Algunas de las principales observaciones han sido analizadas por la Asociación Civil DAR.  

Respecto a las observaciones formuladas, el consorcio chino Cohidro cuenta con 30 días hábiles (hasta el 22 de noviembre) para absolverlas con opción de solicitar ampliación por 30 días más (9 de enero). Cumplido el plazo, el Senace y los opinantes técnicos evaluarán las absoluciones correspondientes antes de emitir el pronunciamiento final.


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