Sin compañía de seguros. La Corte Suprema de Missouri determinó que la compañía Doe Run Resources, con sede en St. Louis deberá enfrentar las demandas por lesiones personales por contaminación de plomo en sus operaciones en Perú sin el respaldo de sus financieras de su compañía de seguros, según informó Bloomberg Environment.

De acuerdo al dictamen del tribunal, del 31 de octubre, la aseguradora St. Paul Fire and Marine Insurance Co. podría negarle la cobertura de los costos del pleito de Doe Run debido a que no encontró ambigüedad en la exclusión por contaminación en el contrato de seguro entre la empresa y la mencionada compañía de seguros. 

Alan K. Goldstein, miembro de Goldstein y Price L.C. en St. Louis, sostuvo que el dictamen aclara una cuestión no resuelta en la ley de Missouri respecto si una exclusión por contaminación general es ambigua en torno a la contaminación industrial. 

“Esta es una decisión importante porque hay muchos contratos de seguros en Missouri y otros estados que tienen exclusiones de contaminación [...] Entonces, cuando las empresas que compraron estos contratos crean contaminación, surge la pregunta de si están cubiertos. Esto soluciona el problema en Missouri, demostrando que estas disposiciones no son ambiguas y pueden usarse para negar la cobertura”, señaló Goldstein a Bloomberg Environment.

“El fallo no es un caso atípico", dijo Goldstein. “A menudo hay una variación en la ley de seguros de un Estado a otro, porque el seguro es en gran medida una cuestión de la ley estatal. Pero en este asunto, la mayoría de los estados han encontrado el mismo camino”, agregó.

Sin embargo, para el socio de Perkins Coie LLP en Washington, DC, Michael T Sharkey, quien también representa a los Asegurados Unidos -un grupo que aboga por los titulares de pólizas de seguro-, el fallo no representa una victoria inequívoca para la industria de seguros. “El tribunal dijo que, al aplicar la exclusión, lo que cuenta no es si una sustancia tiene alguna capacidad de actuar como irritante, pero sí lo hace en los hechos del caso. Esto es importante, ya que algunos tribunales han interpretado la exclusión para tragarse toda la cobertura bajo una política”, subrayó Sharkey a Bloomberg BNA.

Como se recuerda, en 2007, se presentaron 25 demandas judiciales contra Doe Run por supuestos daños corporales causados ​​por la exposición a emisiones tóxicas de las instalaciones de la metalúrgica en La Oroya. Los casos eran similares en todos los demandantes: “Doe Run lanzó sustancias tóxicas, como plomo, arsénico, cadmio y dióxido de azufre, al medio ambiente, lo que llevó a la formación de un polvo tóxico que finalmente entró en las casas de los pobladores”, indica el diario Gestión. 

En consecuencia, Doe Run decidió presentar demandas contra St. Paul Fire y otras cuatro aseguradores con el objetivo de recuperar los costos de la defensa de las demandas en Perú. Sin bien los casos se solucionaron con las otras aseguradoras, con St. Paul no fue así, sino que se inició un juicio sumario a favor de Doe Run por un tribunal inferior que encontró “ambigua” la exclusión por contaminación en la política de la compañía en mención, la cual apeló a la medida. 

“Un asegurado común no interpretaría la política de excluir las mismas operaciones comerciales para las que compró la cobertura”, dijo el tribunal parafraseando el argumento de Doe Run, la cual señaló que la ambigüedad fatal en la exclusión surgió de los reclamos de los demandantes en los juicios por lesiones personales a raíz de los productos comerciales de la compañía. 

No obstante, el tribunal rechazó la afirmación de Doe Run argumentando que la única exposición que tuvieron los demandantes en los juicios por lesiones personales a los productos de plomo de Doe Run fue por medio de la liberación de sustancias tóxicas en el medioambiente. “Y como Doe Run no está en el negocio de la contaminación del medio ambiente, estas emisiones tóxicas no son productos. Doe Run tiene la intención de vender”, resaltó.

(Foto de cabecera: Andina)

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