Así no les guste a los legisladores fujimoristas y apristas, el Congreso debe acatar y respetar el dictamen del Tribunal Constitucional (TC) contra la 'ley antitránsfuga', y por lo tanto deberá modificar su reglamento interno de acuerdo a lo dispuesto por el referido colegiado una vez que el fallo se haga oficial, la próxima semana.

Así lo señalaron constitucionalistas como Enrique Bernales, Aníbal Quiroga y César Landa, quienes subrayaron que las sentencias del TC son vinculantes, es decir, no pueden ser desconocidas, como lo dejaron entrever varios congresistas de Fuerza Popular y el Apra.

Incluso, en su afán por cuestionar el fallo, el parlamentario Mauricio Mulder (Apra) comparó al TC peruano con el Tribunal Supremo de Venezuela, controlado por el chavismo, en declaraciones que cita Correo, tras considerar el dictamen como "una declaración de carácter académico" que "no tendría ningún efecto".

"el TC es un tribunal de pacotilla", alega Mulder. (Andina)

"Está teniendo un comportamiento que a mi modo de ver es mafioso […] No me extraña, en realidad, porque el TC es un tribunal de pacotilla, de ellos se puede esperar cualquier cosa […] Para mí ese tribunal es como la corte suprema de Venezuela, que suplanta al Parlamento".

En tienda naranja, mientras la legisladora Úrsula Letona cuestionaba la forma en que se dio a conocer el referido fallo —a través del congresista oficialista Gilbert Violeta, quien difundió en su twitter parte de la sentencia—, su colega de bancada Kenji Fujimori le decía que "es indispensable respetar las sentencias del Tribunal Constitucional, es la forma de fortalecer la institucionalidad y el Estado de Derecho".

El TC declaró inconstitucionales los artículos 37 (inciso 5), 2 y 76 (inciso 2.3) del reglamento del Parlamento, modificados por la llamada 'ley antitránsfuga' que el fujimorismo y sus aliados aprobaron. Con ello, ahora los congresistas que hayan renunciado o hayan sido separados de sus bancadas podrían sumarse a otras o crear nuevas, y también podrían acceder a cargos directivos e integrar y presidir comisiones.

Pero incluso en el oficialismo hay quienes, como Juan Sheput, sostienen que la "autonomía del Legislativo" les permite desacatar el fallo. "Lo máximo que puede hacer el Tribunal Constitucional es exhortar, pero no nos puede obligar a tomar una decisión. Si van a cuestionar nuestro reglamento, pues nosotros nos meteremos con el de ellos", alegó el legislador de PPK.

Al respecto, Aníbal Quiroga, quien ejerció la defensa del Congreso en la demanda contra la ley en mención, subrayó en RPP que los fallos del TC se tienen que acatar, aunque mencionó que mientras no hayan sido notificados ni publicado en el Diario Oficial “El Peruano”, no tienen efectos jurídicos.

Quiroga ejerció la defensa del Congreso en la demanda contra la ley. (EL Comercio)

"Los fallos no se pueden desconocer, el Congreso no puede estar encima de la Constitución que dice que las sentencias del tribunal, nos gusten o no, vinculan a todos los poderes y ciudadanos, y por tanto al Congreso también".

El constitucionalista Enrique Bernales también subrayó que las sentencias del TC son viculantes, quien explicó que una vez que el TC declara la inconstitucionalidad de la mencinada ley, queda derogada de manera automática, aunque queda como atribución del Parlamento modificar la norma o emitir una nueva. "El Congreso no puede declararse en rebeldía. Ellos solo deben respetar y obedecer lo que ordena el Tribunal", indicó.

A su turno, el jurista César Landa explicó a El Comercio que en este caso, el fallo del TC  tiene los mismos efectos de la cosa juzgada que emite la Corte Suprema. 

"Es decir, quien se resiste al cumplimiento de un acto judicial puede estar cometiendo una infracción constitucional y eventualmente un delito por resistencia a la autoridad […] Si el Tribunal declara que una ley del Congreso no es válida, no puede el Parlamento decir yo soy autónomo, no estoy sujeto a mandato imperativo".

DATO

► El artículo 204 de la Constitución Política del Perú refiere que "la sentencia del tribunal [constitucional] que declara la inconstitucionalidad de una norma se publica en el diario oficial. Al día siguiente de la publicación, dicha norma queda sin efecto".inconstitucionalidad.

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