Mientras en Lima Pedro Pablo Kuczsynki y el Frente Amplio discuten cuánta injerencia puede tener Pluspetrol en el nuevo gobierno –y por tanto en la renegociación de los contratos de exportación del gas que esta empresa produce en la zona de Camisea- en la ciudad del Cusco, más exactamente en los pasillos de la Corte Superior de Justicia, se viene manejando otro conflicto contractual, aunque más sutil y silencioso, que involucra también a Pluspetrol y a Camisea, pero que no está referido a los derechos sobre lo que hay en el subsuelo sino a lo propia superficie sobre la que se asienta la planta procesadora de dicho recurso, superficie, sobre la cual, paradójicamente, la petrolera no tiene derechos tan sólidos como podría suponerse. 

El inicio de la historia

Para entender este conflicto –que involucra a Pluspetrol y a uno de los ex colonos de la zona de Camisea-Timpia, el señor Carlos Dueñas Olivera- debemos retroceder a 1994, cuando el Ministerio de Agricultura adjudicó un área total de 3,691 Has. y 8 mil m2 en dicha zona a 28 colonos para la constitución de un asentamiento rural, entre ellos a la conviviente de Dueñas, la señora Rosa Gonzales Flores. Para entonces, nadie sabía con certeza que bajo dicho lugar se encontraba uno de los yacimientos de gas más fabulosos de América Latina, tanto así que los colonos buscaban dedicar dichas tierras a la ganadería y la agricultura. Solo unos años después, con la llegada de la Schell y el inicio de las primeras exploraciones, se fue conociendo toda la riqueza que había debajo de dichas tierras.

Como se recuerda, el 6 de diciembre de 2000 el Estado peruano firmó el Contrato de Licencia para la Explotación de Hidrocarburos en el Lote 88 (Contrato de Camisea), con el consorcio Pluspetrol, conformado por Pluspetrol Peru Corporation, Hunt Oil Company Of Peru, Sucursal del Perú; SK Corporation Sucursal Peruana e Hidrocarburos Andinos. Con dicho contrato en sus manos, la flamante empresa inició una serie de negociaciones con los colonos de la zona de Camisea a fin de poder acceder a sus tierras y proceder a la construcción de la planta de procesamiento de gas y otras instalaciones necesarias para la ejecución del contrato.

De acuerdo a lo alegado por Pluspetrol en el proceso judicial que se viene llevando a cabo en el Cusco, estas negociaciones culminaron exitosamente el 20 de junio del 2001, cuando firmó contratos de cesión de posesión y otros derechos con 14 de los colonos de Camisea-Timpia, entre ellos la señora Rosa Gonzales, la única que disponía de un título de propiedad sobre la Parcela N° 4, de 376.10 Ha. Sin embargo, de acuerdo a los colonos, esta adquisición se hizo de manera forzada, ya que en denuncia que hicieron pública días después en medios regionales, representantes de Pluspetrol prácticamente habrían retenido a los colonos en un hotel del Cusco conminándolos a firmar, bajo amenaza de pedirle al Estado que revierta su adjudicación inicial para entregarle los terrenos a la empresa.

En el caso de la señora Gonzales, si bien ella también “aceptó” firmar el contrato sobre su lote a cambio de 160,000 dólares americanos (valor que no cubría siquiera las mejoras hechas al mismo), exigió que el mismo fuera firmado por su conviviente, Dueñas , quien en ese momento se encontraba recluido en el penal de Quenccoro. Ante ello, representantes de la empresa visitaron a Dueñas el 21 de junio, indicándole solamente que requerían su firma en dicho documento pero sin darle mayores alcances sobre el mismo. Extrañamente, en la minuta final, el notario Carlos Augusto Somocurcio Alarcón indica que todos los firmantes estuvieron presentes al momento de la firma, que lo habían hecho de manera libre y debidamente informados de su contenido.


La nueva negociación y el inicio del conflicto judicial

Con los contratos en mano, Pluspetrol acudió a los Registros Públicos del Cusco para inscribir todos los terrenos a su nombre y poder asegurar así sus actividades. Sin embargo, pronto se dio con la sorpresa de que las solicitudes de inscripción fueron rechazadas en su mayor parte debido a diversos problemas sobre la delimitación de los terrenos, por lo que dicho procedimiento fue suspendido. Por otro lado, las quejas de los ex colonos de que el precio pagado por la empresa por sus terrenos había sido ínfimo llevó a la empresa a adoptar una nueva estrategia, buscando una nueva negociación con los colonos a fin de pagarles un precio más “justo” pero, de paso, sanear todos los contratos previos que estaban defectuosos a fin de proceder a la inscripción registral y así evitarse problemas futuros. 

Esta negociación fue llevada a cabo con apoyo del Centro de Análisis y Resolución de Conflictos de la PUCP, siendo aceptada por 13 de los ex colonos, quienes recibieron sendas sumas de dinero a cambio de la firma de nuevos contratos de cesión de posesión y otros derechos. Los únicos que no aceptaron un nuevo contrato fueron, precisamente, Rosa Gonzales y Carlos Dueñas –quien además fue formalmente invitado a la negociación- debido a que el precio ofrecido por la empresa les pareció irrisorio. Es así que, en agosto del 2005, ambos deciden interponer una demanda judicial, de manera conjunta, contra Pluspetrol solicitando la nulidad del contrato firmado en el 2001 por falta de manifestación de voluntad de agente debido a coacción física y moral, y simulación absoluta, así como el pago de una indemnización por daños y perjuicios.

Sin embargo, recién en enero del 2009 el Cuarto Juzgado Especializado en lo Civil de Cusco declaró improcedente la demanda alegando que el petitorio hecho por los convivientes no debió ser por nulidad de contrato sino por rescisión por lesión, señalando empero que en este caso la demanda no procedía por caducidad. Por su parte, la Primera Sala Civil del Cusco- integrada por los vocales Carlos Quispe Álvarez, Luis Fernando Murillo Flores, Mirian Helly Pinares Silva- se limitó a confirmar la sentencia de primera instancia por los mismos fundamentos.

Ante este resultado, Carlos Dueñas decide iniciar una nueva demanda, esta vez de manera individual, ante el Juzgado Especializado en lo Civil, Laboral y de Familia del Módulo de Justicia del distrito de Santiago (Cusco), a cargo de la jueza Bony Eve Gamarra Flores, solicitando nulidad de acto jurídico y reivindicación de inmueble con demolición de edificaciones, teniendo como demandados a la empresa Pluspetrol y a Rosa Gonzales. En esta demanda, Dueñas reitera que, en su caso, la compraventa se realizó bajo coacción y sin consciente de las circunstancias del acto por encontrarse en prisión, agregando que el pago hecho a Rosa Gonzales fue fijado unilateralmente por la empresa, violando lo dispuesto en el art. 1543º del Código Civil, el cual señala que una compraventa es nula “cuando la determinación del precio se deja al arbitrio de una de las partes”.

En respuesta a esta nueva demanda, Pluspetrol no solo va a reiterar que no procede el pedido de nulidad por los fundamentos señalados en el juicio anterior, sino además señalando que a Dueñas no le asiste ningún derecho de pretender la nulidad del contrato, al no haber acompañado medio de prueba que muestre “que la indicada relación [de convivencia] haya existido ni mucho menos que haya sido reconocido judicialmente”. En otras palabras, a pesar de que Pluspetrol aceptó que Dueñas firmara el contrato de cesión de derechos en calidad de conviviente, que se dio el trabajo de ir al penal de Quenccoro para buscar su firma, y que su nombre aparece en los documentos referidos a la nueva negociación hecha ante el Centro de Resolución de Conflictos de la PUCP, en este proceso va a alegar que eso no tiene ningún valor para poder entablarles un juicio en defensa de sus derechos.

Lo cierto es que, en setiembre del 2010, mediante auto de saneamiento, la jueza Gamarra Flores declaró infundada la excepción de caducidad planteada por la empresa Pluspetrol e infundada igualmente la excepción de falta de legitimidad para obrar. Cabe agregar, además, que ante la audiencia de conciliación convocada por la jueza el 28 de setiembre de dicho año, los representantes de la empresa no concurrieron, evitando llegar a un acuerdo al respecto.

Es así que, el 12 de abril del 2011, la jueza va a declarar fundada, en primera instancia, la demanda de nulidad de acto jurídico y de reivindicación del inmueble con demolición de edificaciones, en el porcentaje que le corresponda al demandado de la parcela 4. Frente a ello, Pluspetrol va a apelar alegando que la jueza había emitido una declaración de certeza “no pedida” respecto de la unión de hecho del demandante, que el predio adquirido no era parte de una sociedad de gananciales y que al no poder determinarse cuál es la porción que le corresponde al demandante la sentencia deviene en inejecutable. Esta apelación tuvo sin embargo una serie de problemas que llevaron incluso a una sanción disciplinaria contra los integrantes de la Primera Sala Civil del Cusco, dado que fue aceptada a pesar de no ser firmada por el representante legal de la empresa. Como era de esperarse, y a pesar de dicho apercibimiento, la Sala declaró fundada la apelación mediante sentencia de vista del 24 de enero de 2012, ordenando a la jueza Gamarra Flores que emita una nueva resolución.

Sin embargo, en enero del 2013, la misma Sala Civil –esta vez conformada por los magistrados Octavio Concha Mora, Dafne Barra Pineda Y Carlos Fernandez Echea- declaró improcedente la excepción de caducidad, confirmando además la decisión de declarar infundada la excepción de legitimidad para obrar presentada por Pluspetrol contra Carlos Dueñas, mostrando de esta manera que el proceso estaba en regla y que el demandante tenía pleno derecho para poder presentar su demanda. Es así que en marzo del 2015, la jueza Gamarra Flores, vuelve a dictar la sentencia declarando FUNDADA la demanda en todos sus extremos de Carlos Dueñas contra la empresa Pluspetrol Peru Corporation, declarando con ello nulo e insubsistente el contrato de cesión de derechos y ordenando que se le devuelva al demandado la parte del terreno que le corresponde por gananciales, retomando los mismos fundamentos de su primera sentencia y negando la posibilidad de que la sentencia sea inejecutable.


¿A quién pertenecen entonces esos terrenos?

A pesar de que esta nueva sentencia era clara en sus fundamentos, Pluspetrol se dio la maña para extender el proceso hasta este año, logrando a través de diversos escritos presentados en contra de la jueza Gamarra Flores que la Primera Sala Civil del Cusco vuelva a declarar nula esta segunda sentencia “en tanto se resuelva el incidente de recusación” presentado en contra de dicha magistrada. Cabe señalar que esta decisión fue tomada por la Sala a pesar de que una de sus integrantes –la jueza superior Jenny Margot Delgado Aybar- solicitó su abstención del caso debido a que su esposo, Germán Alatrista Muñiz, había sido uno de los que abogados patrocinantes de la empresa. Sin embargo, los otros miembros de la Sala -Wilbert Bustamante Del Castillo y Karina Holgado Noa- desaprobaron dicha abstención, permitiendo de esta manera que la magistrada sea ponente y votara a favor de la empresa Pluspetrol Peru Corporation. 

El 22 de enero de este año, el Segundo Juzgado Mixto de Santiago declaró infundada la solicitud de recusación hecha por la empresa Pluspetrol contra la jueza Gamarra Flores, abriendo así el camino para que esta dicte una nueva sentencia, lo que se hizo el 27 de enero, declarando por tercera vez fundada la demanda de Carlos Dueñas contra la empresa Pluspetrol, incluyendo la declaración de nulidad del contrato firmado con Rosa Rufina Gonzales Flores y la obligación de restituir a Carlos Dueñas la parte que le corresponde de dicho terreno.

Como era de esperar, la empresa demandada ha vuelto a apelar esta sentencia ante la Sala Civil del Cusco, además de presentar una nueva queja contra a magistrada ante la OCMA por falta grave, la misma que está en proceso de investigación. Sin embargo, el contenido de la sentencia ha sido inscrito en el folio correspondiente al predio en cuestión de los Registros Públicos de Cusco, señalando claramente que su propiedad se encuentra “en litigio” y, por ende, que Pluspetrol no puede alegar la propiedad plena de los terrenos donde se asienta actualmente su planta procesadora de gas. Increíble pero cierto.

Este miércoles 6 de julio, la Primera Sala Civil–integrada esta vez por los jueces Luis Fernando Murillo Flores, Miriam Helly Pinares Silva y Jenny Margot Delgado Aybar- llevará a cabo en Cusco la audiencia de vista de causa de este proceso, en la que se decidirá entonces si la sentencia a favor de Carlos Dueñas quedará firme –debiendo decidirse por tanto la devolución de los terrenos respectivos- o si nuevamente se le dará un respiro a Pluspetrol alargando más una decisión que ya está debidamente fundamentada. Este caso debe mostrar además si es cierto, como pasó con el caso Kouri, que hoy todos somos iguales para la justicia peruana, o si se mantendrá la postura de que solo los poderosos gozan de justicia en nuestro país. Esperemos que sea lo primero, y que Pluspetrol se pongan de una vez en regla con las leyes y con la justicia peruana.


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