En medio de tanta confusión, aparece alguna claridad. Luego de la incertidumbre de algunos candidatos y partidos, el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) ha confirmado que para este proceso la norma vigente es la Ley 30414.

Cuando hace semanas una denuncia periodística reveló que el candidato presidencial César Acuña (Alianza Para el Progreso) entregó dinero a electores en Chosica y Piura, surgió una interrogante: ¿Qué Ley de Organizaciones Políticas está vigente para estas elecciones 2016?

La defensa del exgobernador regional de La Libertad fue afirmar que la nueva ley de partidos no estaba vigente, por lo que no podría ser excluido del proceso electoral. Sin embargo, con las intervenciones de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) y del Jurado Electoral Especial de Lima Centro (JEE) se descartó la hipótesis del líder de APP.

Además, con el comunicado que el JNE publicó hoy, se confirma que las modificaciones a la Ley de Organizaciones Políticas, promulgadas el 17 de enero pasado, se encuentran vigentes. A continuación, presentamos las reglas con las que los partidos están jugando en estas elecciones:


1.- La Ley 30414 prohíbe que los candidatos entreguen dinero, regalos, o dádivas a los ciudadanos en campaña electoral. Solo se acepta que se entreguen artículos que forman parte de propaganda electoral, los cuales no deben superar el monto de 19 soles. Sin embargo, Acuña entregó 10 mil soles a comerciantes de un mercado limeño y 5 mil soles a un joven con discapacidad. De acuerdo a ley, el candidato que no cumpla con esta regla será sancionado con la exclusión del proceso, por lo que se espera que el JEE resuelva el caso del líder de APP.

2. - Otra de las normas vigentes es la referida a las alianzas electorales y este caso está relacionado a la Alianza Popular, conformada por el Partido Aprista Peruano, el Partido Popular Cristiano y Vamos Perú. La ley eleva 1% por cada partido adicionado el porcentaje requerido a las alianzas. Actualmente, el candidato Alan García solo cuenta con 5% de preferencia electoral, según la última encuesta de Ipsos, por lo que la inscripción de la agrupación corre el riesgo de perderse, ya que debe alcanzar 7% en elecciones.

3.-  La norma también prohíbe que organizaciones con ideologías que promuevan la violencia puedan inscribirse. La supuesta garantía de que la agrupación no practicará la violencia de llegar al poder es que en su acta de fundación deben incluir una declaración jurada expresando su compromiso y vocación democrática, así como el respeto al Estado de Derecho, las libertades y los derechos humanos. El objetivo de esta norma es evitar que remanentes de agrupaciones terroristas como Sendero Luminoso participen en el proceso, como ya intentaron antes a través del Movadef, conformado por defensores de Abimael Guzmán.

4.- Sobre la cancelación de la inscripción, esta sanción recaerá sobre los partidos políticos que no logren colocar al menos 6 representantes en el Congreso o haber alcanzado al menos el 5% de votos válidos a nivel nacional. También serán canceladas las agrupaciones que no participen en dos elecciones sucesivas.

Al respecto, el JNE se pronunció hoy señalando que "si una organización política no presentó su fórmula y listas de candidatos en el proceso de Elecciones Generales 2016 y del Parlamento Andino o decide hacer retiro de sus candidatos, no perderá la inscripción que tiene ante el Registro de Organizaciones Políticas".

"No obstante, para retirar las candidaturas presidenciales, congresales o al Parlamento Andino, las solicitudes, presentadas por el personero legal, deben estar acompañadas de los documentos que acrediten la decisión de retiro emitida por la organización política con respeto al debido proceso, y de acuerdo con su estatuto o norma de organización interna, conforme lo establece el artículo 45 del Reglamento de Inscripción de Fórmulas y Listas de Candidatos que emitió el Jurado Nacional de Elecciones", explicó.

Un ejemplo de este caso es lo ocurrido con el partido Perú Patria Segura (PPS) de Renzo Reggiardo, quien presentó una solicitud para retirar su candidatura presidencial y congresal, pero esta fue declarada inadmisible por el JEE. Esta agrupación cuenta con apenas 1% de preferencia electoral, según las encuestas, por lo que perdería la inscripción electoral. Se presume que para no ser cancelado, el líder del partido intentó retirarse, pero hasta ahora la respuesta es negativa. El caso también está pendiente de resolución.


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