La viveza sale cara. El Jurado Electoral Especial (JEE) de Lima Centro 1 decidió abrir proceso sancionar contra el Solidaridad Nacional por la existencia de pintas a favor de José Luna Gálvez, candidato al Congreso por el partido político que postula a Nano Guerra García a la presidencia, en los perímetros de dos edificios públicos (el colegio Túpac Amaru de Villa María del Triunfo y el Hospital María Auxiliadora). Uno de ellos decía: "Pepe Luna ¡Cumple!". Este mensaje estaba acompañado del logo del partido liderado por Luis Castañeda. 

Este es el comunicado publicado por el JEE de Lima Centro 1: 

Mediante la Resolución N.° 001-2015-JEE-LC1/JNE, el Jurado Electoral Especial (JEE) Lima Centro 1, presidida por Manuel Miranda Alcántara, resolvió abrir proceso sancionador contra la organización política Solidaridad Nacional para determinar la infracción a las normas de propaganda electoral que contraviene la Ley Orgánica de Elecciones y el Reglamento sobre Propaganda Electoral, Publicidad Estatal y Neutralidad en periodo electoral.  

El pasado 28 de diciembre de 2015, el fiscalizador del JEE Lima Centro 1 recibió la denuncia de Carlos García Norabuena, director de la institución educativa Túpac Amaru, en el distrito de Villa María del Triunfo, quien denunció la existencia de pintas ubicadas en el muro perimétrico de la entidad educativa en la que se observa el contenido de la frase: “Pepe Luna ¡Cumple!” y el símbolo de la organización política Solidaridad Nacional.

Asimismo, el 30 de diciembre de 2015, la jefa de Comunicaciones del Hospital María Auxiliadora, Patricia Chunga Vargas, denunció las pintas que se hallaban en el muro de ese nosocomio que hacen alusión al candidato al Congreso por Solidaridad Nacional, José Luna Gálvez.

“En lo referente a la presunta realización de actos que vulneran las normas de propaganda electoral por parte de la organización política Solidaridad Nacional, en la persona de su candidato al Congreso de la República, Sr. José Luna Gálvez, este colegiado electoral (…) dispone abrir procedimiento sancionador”, cita la Resolución del JEE.

De acuerdo con el artículo 45 del Reglamento de sobre Propaganda Electoral, Publicidad Estatal y Neutralidad en Periodo Electoral (aprobado con Resolución N.° 304-2015-JNE), “la multa será no menor de treinta (30) ni mayor de cien (100) Unidades Impositivas Tributarias, y se impondrá en función de la gravedad de la infracción cometida, de acuerdo con los principios de proporcionalidad y razonabilidad”.

El personero legal de Solidaridad Nacional presentó hace unos días los descargos de la organización política y el caso se encuentra a la espera del pronunciamiento del Pleno del Jurado Electoral Especial.

[Foto de portada: Facebook Solidaridad Nacional]

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