El Poder Ejecutivo promulgó este miércoles la ley aprobada por el Congreso de la República que protege a la madre trabajadora contra el despido arbitrario y que amplía de 90 a 98 días el período de descanso pre y posnatal.
La norma modifica la Ley de Productividad y Competitividad Laboral, al precisar que es nulo el despido que tenga por motivo el embarazo, el nacimiento y sus consecuencias o la lactancia, si ocurre en cualquier momento de la gestación, o dentro de los 90 días posteriores al nacimiento.
La medida se aplicará "siempre que el empleador ha sido notificado documentalmente del embarazo en forma previa al despido y no enerva la facultad del empleador de despedir por causa justa".
Además, la ley precisa que el goce del derecho de descanso prenatal y posnatal de la trabajadora gestante, de ahora en adelante, es de 49 días de descanso prenatal y 49 días de descanso posnatal, y no 45 días como era antes en cada caso.
La disposición precisa que el goce de descanso prenatal podrá ser diferido, parcial o totalmente, y acumulado por el posnatal. Esta decisión debe ser comunicada al empleador con una antelación no menor de dos meses a la fecha probable de parto.
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