El Gobierno publicó este miércoles la norma sobre la capitalización individual, un nuevo mecanismo que permitirá a las familias financiar la compra de sus viviendas con parte de la cuota de alquiler.

¿Qué es la capitalización inmobiliaria?

Es una nueva modalidad para comprar casa que consiste en que, a medida que las familias paguen sus mensualidades, se irán haciendo dueñas de parte de la propiedad. 

Es decir, una parte de la cuota de alquiler se destinará a un fondo de capitalización que servirá para cubrir el costo de la vivienda. 

Y a diferencia del leasing inmobiliario y alquiler-venta, este sistema no requerirá del pago de cuota inicial ni prima por estreno. 

Se trata de la cuarta propuesta del gobierno, como parte de las facultades legislativas otorgadas por el Congreso, luego del arrendamiento, el leasing inmobiliario y el alquiler-venta, con lo que se espera dar el salto de las 140.358 viviendas promovidas hasta diciembre del 2014 a 250 mil en julio del 2016.

¿Cómo funcionará el mecanismo?

Las entidades encargadas de realizar estas operaciones serán las denominadas Empresas de Capitalización Inmobiliairia (ECI), además de empresas de operaciones múltiples como bancos o Cajas Municipales.

Es así que este sistema funcionará a través de un pago de cuotas periódicas que incluyen el arrendamiento, los aportes para la capitalización individual que el cliente realice, entre otros, y con una opción para comprar el inmueble por el valor pactado con la empresa.

En suma, este modelo es un alquiler puro más una cuota de capitalización. “Uno pagará una cuota mensualmente y esa cuota incorpora dos conceptos: el alquiler y la compra. El alquiler no será reembolsable y el (monto) de compra constituye un fondo de capitalización de la persona durante todo el tiempo que dura su contrato”, explicó el ministro de Vivienda, Milton Von Hesse.

¿Qué beneficios tiene?

La norma también se precisa que, según se establezca en el contrato de capitalización individual, se podrá acceder al Bono del Buen Pagador y el Bono Familiar Habitacional administrado por el Fondo Mivivienda.

Las personas podrán beneficiarse de esto bonos en dos casos. El primero es para financiar el pago inicial que puedan requerir las instituciones financieras o las ECI, siempre y cuando se pacte que no se puede efectuar el retiro de la capitalización individual. En este caso el contrato del CI debe recibir el mismo tratamiento de los créditos hipotecarios.

El otro caso es cuando el cliente haga ejercicio de su opción de compra y se pacte que la capitalización individual puede ser retirada antes del cumplimiento del contrato.

Reglamento

La norma de capitalización inmobiliaria deberá ser reglamentada en un plazo de 90 días, tanto por el Poder Ejecutivo como por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS).

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