La semana pasada la ley sobre los aportes obligatorios de trabajadores independientes a un fondo pensionario privado (AFP) o estatal (ONP) fue eliminada por el Poder Legislativo. Por un lado, los reclamos de los ciudadanos afectados y, por el otro, la insostenibilidad en términos de aplicación fueron los principales argumentos para su derogación.

Mientras el Poder Ejecutivo –se supone– evalúa la promulgación de la norma derogatoria, que luego será publicada en el diario oficial El Peruano (se especula que hay oposición del ministro Luis Miguel Castilla), aquí recordamos los tres errores principales que trajeron abajo la factibilidad de la polémica norma, según el portal La Ley.  

No se consideró tipificación de independientes

En la práctica, la norma era aplicable a todo trabajador independiente pero afectaba de manera particular en algunos casos. Esto, porque la ley fue elaborada en referencia a los trabajadores propiamente independientes, es decir, aquellos que generan sus propios ingresos a través de una empresa unipersonal o familiar.

Existen, por ejemplo, trabajadores dependientes ya afiliados a un sistema de pensiones, pero que paralelamente laboran como independientes para trabajos eventuales y emiten recibos por honorarios. Este tipo de empleados, así como aquellos que operan en las MYPES de manera informal y que perciben sus ingresos a través de recibos por honorarios profesionales, no fueron tipificados en la norma, por lo que debían estar sujetos a un trato igualitario que suponía un despropósito.

El factor de la remuneración irregular

Además, la puesta en práctica de la norma no garantizaba que el trabajador independiente, una vez jubilado, llegue a recibir una pensión digna. Esto se debe a que el trabajador independiente, en mayoría, es inestable en percepción de ingresos remunerativos.

De esta forma, un trabajador independiente no habría aportado de manera continua al aporte destinado a su pensión de jubilación. Esta figura se habría repetido en afectación respecto del seguro de salud.

la obligatoriedad

Lo que provocó la protesta generalizada de los trabajadores independientes que exigían la eliminación de la norma no fue que el Estado se preocupe por inculcar la cultura previsional en la población. El desacuerdo entre los independientes fue producido por la imposición que planteaba ejercer el Ejecutivo y la administración privada sobre sus fondos pensionarios. De esta obligatoriedad, y en razón a la multa de S/.1, 900 por incumplimiento de afiliación, se produjo un desbalance en la intención inicial del Estado y la perpetración de un aparente abuso.


Ojo, el Ejecutivo cuenta con 15 días hábiles para promulgar la derogatoria. De no hacerlo, el Congreso de la República podría insistir en su publicación, y de esta manera, convertirla en ley de cumplimiento obligatorio.


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