Este martes, la Comisión de Constitución, presidida por la congresista Martha Moyano (Fuerza Popular) aprobó el predictamen recaído en el proyecto de Ley 6951/2023-CR, que propone la “Ley que precisa la aplicación y alcances del delito de Lesa Humanidad y Crímenes de Guerra en la legislación peruana”.

Este proyecto, iniciativa de los congresistas Fernando Rospigliosi (Fuerza Popular) y José Cueto (Renovación Popular), dice tener el objeto de "precisar la aplicación y los alcances que tiene el delito de lesa humanidad y crímenes de guerra en la legislación peruana considerando la entrada en vigor del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional en el Perú y la Convención sobre la Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y de los Crímenes de Lesa Humanidad".

En ese sentido, la propuesta buscaría "garantizar el correcto e idóneo cumplimiento del Principio de Legalidad, el Principio de Retroactividad y el respeto a las disposiciones contenidas en la Constitución Política del Perú respecto a la adecuada aplicación de su marco normativo dentro de la legislación peruana". Sin embargo, como ha advertido la oposición en el Congreso, esta propuesta tendría nombre propio: los policías, militares y funcionarios que cometieron delitos de lesa humanidad durante la dictadura de Alberto Fujimori.

"La Comisión de Constitución, gracias a Fuerza Popular, acaba de aprobar una “Ley de amnistía” que en realidad es una #LeyDeImpunidad con nombre propio. Este despropósito plantea que nadie sea procesado por delitos de lesa humanidad por hechos cometidos antes del 1 de julio de 2002", escribió ayer martes la congresista Sigrid Bazán.

Por su parte, en un análisis publicado en Enfoque DerechoJuan Manuel Rosas Caro, miembro principal del Taller de ciencias penales de San Marcos y Asistente legal en el estudio Ugaz Zegarra, advirtió que:

"El objetivo principal de este proyecto de ley es forzar una nulidad de toda pena que se purgue en casos donde se haya utilizado el término de delitos de lesa humanidad como calificativo para enfatizar la gravedad del delito imputado, declarando la prescripción de aquellos delitos amparándose en el principio de legalidad y la irretroactividad de la ley penal".

Rosas Caro aclara que la imprescriptibilidad de ciertos delitos, bajo el marco de "delitos de lesa humanidad", se justifica por su capacidad de resaltar la severidad de los delitos cometidos y no constituye una penalización en sí misma. Esta perspectiva busca garantizar que las acciones cometidas bajo este calificativo sean exhaustivamente investigadas, asegurando así la justicia y la integridad del proceso legal. "La aplicación de la imprescriptibilidad por delito de lesa humanidad no viola el principio de irretroactividad de la ley penal", señala.

Esta propuesta, cuestionada por falta de justificación debida y por el riesgo de que se beneficie a criminales de lesa humanidad, y promueva la impunidad, ha sido aprobada por la Comisión de Constitución del Congreso y está pendiente de debate y votación en el Pleno.


[Escribe: Jorge Paucar Albino / Foto de portada: Congreso de la República]


Más en LaMula.pe:

Las leyes son insuficientes para comprender los fenómenos sociales: "El otro desborde"

El Congreso no logra inhabilitar a Antonio de La Haza, presidente de la JNJ, ni a la magistrada Imelda Tumialán

Medicamentos genéricos: "Cuando no se regula el mercado, se induce al abuso contra los ciudadanos"