Se favorecería la impunidad. Ante el dictamen que modifica la ley de colaboración eficaz, aprobado en la Comisión de Justicia del Congreso, la fiscal de la Nación, Zoraida Ávalos, manifestó su rechazo a esta propuesta y señaló que esta atenta contra la lucha anticorrupción y el crimen organizado.
"La colaboración eficaz es una herramienta fundamental para investigar el crimen organizado y los delitos graves, porque permite destruirlo desde dentro con medidas disuasivas o de recompensas", señaló Ávalos.
La titular del Ministerio Público (MP) advirtió que, de aprobarse esta modificación en el Pleno del Congreso, se favorecería la impunidad.
Ávalos recordó que el MP envió su opinión técnica en contra de esta propuesta legislativa, pero la Comisión de Justicia del Congreso no tomó en cuenta sus observaciones, así como tampoco escuchó las opiniones del Poder Judicial (PJ) y del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (Minjusdh).
El MP explicó que la colaboración eficaz constituye un proceso especial autónomo, no contradictorio, basado en el principio del consenso entre las partes y la justicia penal negociada, que tiene por finalidad perseguir eficazmente la delincuencia.
"El colaborador eficaz es la persona sometida o no a una investigación o proceso penal, o que ha sido condenada, que se ha disociado de la actividad criminal y se presenta ante el fiscal o acepta la propuesta de este para proporcionar información útil, procurando obtener beneficios premiales", señaló.
En enero pasado, la Comisión de Justicia del Congreso aprobó el predictamen recaído en los proyectos de ley 012/2021-CR y 565/2021-CR, mediante los cuales se modifica el Código Procesal Penal en lo referido al proceso especial de la colaboración eficaz.
Este dictamen propone que los aspirantes a colaboradores eficaces solo pueden entrevistarse con representantes del MP con la presencia de su abogado. Además, se impone un plazo para que la Fiscalía compruebe los dichos del aspirante de ocho meses con una sola prórroga de cuatro meses más.
La propuesta del Congreso también busca reprimir con pena privativa de libertad no menor de cuatro años ni mayor de seis a quien “indebidamente revele, proporcione o difunde, en todo o en parte, directa o indirectamente, la identidad de un colaborador eficaz o el contenido de sus declaraciones, en cualquier estado de la investigación o del proceso”.
[Foto de portada: Andina]
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