Los trabajadores formales que cuenten con una Compensación por Tiempo de Servicio (CTS) tienen plazo hasta el 31 de diciembre de este 2021 para poder retirar hasta el 100% de este beneficio laboral, tal como lo contempla el reglamento aprobado por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), de manera excepcional por la pandemia.

Recordemos que tras la primera ola de la pandemia en el 2020 y la afectación económica que sufrieron miles de familias por el colapso del sistema de salud público y el abuso de las clínicas privadas, el Ejecutivo dispuso liberar la CTS. 

Además, debemos considerar que, en el Artículo 1 del Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley de CTS, se lee que este pago "tiene la calidad de beneficio social de previsión de las contingencias que origina el cese en el trabajo y de promoción del trabajador y su familia".

Es decir, ante la incapacidad del Estado por atender las demandas de la ciudadanía, dejó que los trabajadores dispongan de sus propios recursos para que atiendan la emergencia sanitaria.

Por ello, se recomienda que las personas que decidan retirar parte de su CTS la utilicen para pagar deudas, atender emergencias o, en todo caso, la coloquen en depósitos a plazo fijo o en fondos mutuos para evitar la pérdida de su valor.

En ese sentido, debemos recordar que algunas entidades financieras ofrecen tasas de interés por CTS mayores que las de ahorros. Al respecto, en declaraciones a Andina, el especialista en finanzas, Ernesto Ortiz, recomendó que, de no ser muy necesario contar con liquidez, se evite hacer uso de ese fondo.

En Perú, la CTS tiene la finalidad de servirle al trabajador para que no se quede sin dinero cuando lo despidan, cumpliendo las funciones de un "seguro de desempleo". Un informe de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) señala que la mayoría de países latinoamericanos "funcionan con planes de compensación por finalización del trabajo", que prevén la entrega de una única suma como indemnización "para ayudar a salir de apuros a los trabajadores desempleados mientras dura su situación de desempleo".

La liberación parcial de la CTS no tiene ningún efecto sobre trabajadores independientes e informales. 


[Foto de portada: Andina]


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