Este martes 4 de mayo, se publicó el Reglamento de la Ley N° 31171, que permite a los trabajadores formales disponer del 100% del fondo de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) hasta el 31 de diciembre del 2021.

A través del Decreto Supremo Nº 010-2021-TR, el Poder Ejecutivo establece el procedimiento para que los trabajadores puedan retirar hasta el 100% de su CTS, un fondo que tiene la función de servir en casos de desempleo, pero que una ley del Congreso de la República ha liberado ante las necesidades económicas de la población por la pandemia del covid y la desatención del Estado.

El documento establece que los trabajadores podrán "realizar retiros, totales o parciales, del monto disponible en su respectiva cuenta de depósito de CTS, o solicitar, preferentemente por vía remota, que la entidad que actúa como depositaria de la CTS efectúe el desembolso mediante transferencias a las cuentas del trabajador que éste indique, pertenecientes a una empresa del sistema financiero, una cooperativa de ahorro y crédito no autorizada a captar recursos del público u operar con terceros, o empresa emisora de dinero electrónico, conforme a los límites y condiciones establecidos en la normativa aplicable, así como a las operaciones que realizan".

El decreto señala también que la "entidad que actúa como depositaria de la CTS efectúa la transferencia a las cuentas del trabajador que éste indique, en un plazo no mayor de dos (2) días hábiles".

Para el cumplimiento de este decreto, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) puede dictar las normas necesarias en el marco de su competencia.

Esta ley beneficia a los trabajadores formales del sector privado comprendidos dentro de los alcances del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 650, Ley de Compensación por Tiempo de Servicios, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-97-TR, independientemente del régimen laboral al que se sujeten. También a los trabajadores de empresas del Estado y servidores civiles sujetos al régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 728.

El último lunes, el ministro de Energía y Minas, Jaime Gálvez, anunció que esta semana estaría listo el Reglamento de la ley que permite el retiro de la CTS.

“El Gobierno está de acuerdo que en estas especiales circunstancias los trabajadores puedan disponer de su CTS como lo establece la ley y esperamos que esto pueda estar listo en esta semana que estamos comenzando”, dijo el ministro en conferencia de prensa.

De acuerdo a la Ley de CTS, este fondo "tiene la calidad de beneficio social de previsión de las contingencias que origina el cese en el trabajo y de promoción del trabajador y su familia". Es decir, la CTS tiene la finalidad de servirle al trabajador para que no se quede sin dinero cuando lo despidan, cumpliendo las funciones de un "seguro de desempleo".


[Foto de portada: Andina]


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