Una sentencia histórica se ha dado el último jueves 25 de febrero: el Poder Judicial reconoció el derecho a la muerte digna en el caso de Ana Estrada, una ciudadana peruana diagnosticada con polimiositis, una enfermedad autoinmune, progresiva y degenerativa que actualmente la mantiene en condición de semi-postración, bajo el cuidado permanente de enfermeras, sin poder trabajar y viviendo en casa de sus padres. El fallo pide a EsSalud y al Ministerio de Salud (Minsa) garantizar las condiciones y elaborar un protocolo para respetar el derecho de la paciente.

En este caso, se trata de una muerte digna y asistida. Por ello, el juez constitucional Jorge Luis Ramírez Niño de Guzmán resolvió que se inaplique el Artículo 112 del Código Penal, que sanciona el llamado homicidio piadoso, pena que recaería en los profesionales de la salud que asistan a Estrada en su proceso.

Al respecto, Óscar Ugarte, titular del Minsa, compartió su opinión personal.

"Como opinión personal, con esto no quiero comprometer ni al Ministerio de Salud como institución ni al Gobierno, yo personalmente estoy de acuerdo con la disposición dada y, en función de eso, también es mi posición personal, que el Ministerio no debiera apelar a esa decisión; sin embargo, hago la salvedad de que los procuradores, a quienes le corresponde intervenir, tienen autonomía, el procurador no depende del ministro de Salud", dijo Ugarte.

El titular del Minsa precisó que este tema se conversará al interior del sector, pero recordó que este tema le corresponde también al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (Minjusdh) a través de los procuradores del Estado.

El fallo judicial también ordenó a la Comisión Médica Interdisciplinaria de EsSalud presente un informe en un plazo de 30 días sobre el protocolo para la muerte digna.


[Foto de portada: Minsa / Twitter]


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