Paso histórico. El Décimo Primer Juzgado Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima ordenó al Ministerio de Salud (Minsa) y a EsSalud respetar la decisión de la psicóloga Ana Estrada Ugarte de poner fin a su vida a través del procedimiento técnico de la eutanasia. Estrada padece de polimiositis, una enfermedad incurable y degenerativa que deteriora progresivamente sus capacidades motoras paralizándole casi todos los músculos del cuerpo.

Según la resolución, dada a conocer este jueves, el juez constitucional Jorge Luis Ramírez Niño de Guzmán declaró “fundada en parte” la demanda que entabló Estrada Ugarte contra el Ministerio de Justicia, Minsa y EsSalud, y dispuso que en este caso se inaplique el Artículo 112 del Código Penal, que sanciona el llamado homicidio piadoso, para que no puedan ser procesados los que la asistan a la psicóloga en el proceso.

EL magistrado también ordena a EsSalud brindar las condiciones administrativas, prestacionales y sanitarias para el ejercicio del derecho a la muerte en condiciones dignas de Ana Estrada. Asimismo, se pide a la Comisión Médica Interdisciplinaria de EsSalud que elabore el plan y el protocolo, que deberá presentar su informe en un plazo de 30 días, para que se realice este procedimiento.

Finalmente, el juez declaró improcedente la pretensión se la defensa de Ana Estrada para que se ordene al Minsa que cumpla con emitir una directiva que regule el procedimiento médico. 

A inicios de enero, la Defensoría del Pueblo sustentó la acción de amparo a favor de Estrada Ugarte, a fin de que el Estado peruano reconozca su derecho a una muerte en condiciones dignas debido a su condición por una enfermedad incurable, progresiva y degenerativa que la tiene hace varios años postrada en una cama. “Para la Defensoría existe el derecho a tener una muerte digna, esto tiene que ver con el derecho a la vida”, señaló a RPP Noticias el defensor Walter Gutiérrez.

(Foto: La República)

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