Un punto a favor de la salud y otro en contra de los estigmas. El pasado viernes 9 de octubre, el médico peruano Max Alzamora, expositor nacional e internacional de casos clínicos tratados de manera exitosa con cannabis, recibió la notificación del Ministerio Público en la que se le comunicaba el archivamiento definitivo de una denuncia en su contra.

En febrero pasado, Alzamora fue citado para que brinde su declaración ante la Policía Nacional del Perú (PNP), ya que se le investigaba por el presunto delito "contra la seguridad pública, suministro indebido de droga, en agravio de la sociedad" por una receta de flores de cannabis para vaporizar que le encontraron a una persona con diagnóstico de dolor crónico neuropático por diabetes.

En su declaración, el doctor Alzamora explicó que, en julio del 2019, recibió en su consultorio a una paciente que contó sus malestares y mostró su diagnóstico de dolor neuropático por diabetes emitido por el Ministerio de Salud (Minsa), una persona que, además, aparece en el Registro Nacional de Pacientes Usuarios del Cannabis de DIGEMID. 

[Dr. Alzamora en su consultorio en el centro médico integral CannaHope. Cuenta con más de tres años de experiencia recetando cannabis].

La paciente le contó al médico que ya venía usando cannabis a través de infusiones de hierba y de cigarrillos de flores picadas que fumaba cuando tenía crisis de dolor agudas.

Considerando estos datos en la historia clínica, Alzamora tomó en cuenta que la Ley N° 30681 tiene como finalidad "garantizar el derecho fundamental a la salud y permitir el acceso, exclusivamente para uso medicinal y terapéutico, del cannabis y sus derivados", uso que, resalta la norma, debe ser "informado". 

Por ello, Alzamora, basado en la legislación peruana y la evidencia científica, le recomienda a la paciente vaporizar 250mg de flores de cannabis de una concentración de 10% de THC (analgésico, relajante muscular) y 10% de CBD (antiinflamatorio, ansiolítico) cada 6 horas en una receta que indicaba 30 gramos para 30 días.

"Sí, conozco el contenido de la receta, ya que tengo debidamente identificado el diagnóstico médico de la paciente, y por sus antecedentes clínicos, dicha persona la utiliza en infusiones y lo combustiona, es por eso que opto por recomendar la vía vaporizada, que es la mejor vía para aliviar el dolor crónico, según la literatura científica", dijo el médico Alzamora ante la Policía

La recomendación de vaporizar flores de cannabis para aliviar el dolor crónico neuropático, que fue el motivo por el que se denunciara al doctor Alzamora, se sustenta en evidencia científica de calidad. Recordemos que, en el 2017, la Academia Nacional de Ciencias de EEUU (NAS) publicó un estado de la cuestión acerca de las evidencias sobre los efectos medicinales de la cannabis y los cannabinoides.

En este informe, la NAS concluye que hay evidencia sustancial que cannabis es efectiva en casos de dolor crónico neuropático. 

Los estudios que sustentan esta conclusión fueron aleatorizados doble ciego, randomizado doble ciego y meta análisis. Además, estos se realizaron no a través de aceites o extractos como muchos podrían pensar, sino administrando a pacientes flores de cannabis a través de la vía fumada (inhalatoria pirolítica) y vaporizada (inhalatoria no pirolítica).  

diapositiva de pedro wong

A pesar de esta información basada en evidencia científica, el Departamento de Investigación Criminal (Depincri) de la Policía consideró que la conducta del médico Alzamora "se encontraría comprendida dentro de los presupuestos que prescribe el delito contra la seguridad pública, en la modalidad de suministro indebido de droga en agravio de la sociedad, al haber recetado el uso de cannabis".

Sin embargo, quien sí tomó en cuenta la naturaleza de la Ley que regula el uso medicinal de la cannabis (Ley N° 30681), así como la literatura científica y los documentos que el médico presentó, fue el fiscal José Federico Chipana Llanos.

En el Ingreso N° 1896-2019 de la Primera Fiscalía Provincial en lo Penal de San Isidro, el fiscal reconoce que el médico Alzamora "está capacitado para prescribir cannabis", destaca su participación como ponente en eventos científicos internacionales, así como que ostenta el cargo de presidente de la Asociación Peruana de Medicina Cannabinoide (Apemedcann). A partir de ello, se concluye que Alzamora "tiene conocimiento del tema de cannabis medicinal" y que puede prescribirlo para pacientes "según la enfermedad que padezcan". 

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Esto último resulta relevante, ya que el fiscal deja de lado el tradicional enfoque restrictivo y prohibicionista, y considera que es función de los médicos poder prescribir cannabis para las condiciones que se considere necesario.  

Con ello, el fiscal justificó el archivamiento definitivo de la denuncia contra el Dr. Alzamora, por el presunto delito "contra la seguridad pública, suministro indebido de droga, en agravio de la sociedad", por el simple hecho de haber recetado flores de cannabis para vaporizar.

En declaraciones a SATIVA INFO, el médico Alzamora explicó que la vaporización es útil para aliviar dolores debido a su efecto casi inmediato, que se prefiere esto a la combustión (fumar) porque vaporizando los pacientes aprovechan mejor los fitocannabinoides (sustancias propias de la cannabis) y terpenos (compuestos orgánicos que le dan aroma a la planta y que también tienen efectos terapéuticos).

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¿Por qué es importante esta resolución fiscal? El Reglamento de la Ley que Regula el Uso Medicinal de la Cannabis (Decreto Supremo Nº 005-2019-SA) define al "cannabis para uso medicinal" como flores con contenido igual o superior al 1% de la sustancia psicotrópica tetrahidrocannabinol (THC). Esta norma solo excluye el uso combustionado o fumado del "cannabis psicoactivo".

A pesar de ello, un gran sector de la sociedad peruana mantiene la creencia de que cannabis solo es medicinal cuando viene en formato de aceites o extractos, y que la sustancia medicinal solo sería el cannabidiol (CBD). Sin embargo, como hemos señalado, esto no es correcto: la planta es medicinal y puede administrarse por diversas vías, según cada paciente y criterio del médico o médica. 

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Debemos resaltar que, ante esta denuncia, el abogado del Dr. Alzamora fue Mario Rios Barrientos, catedrático de la Universidad Peruana Cayetano Heredia (UPCH) y presidente de la Federación de Cannabis Medicinal (FECAME)

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Lamentablemente, hasta el momento ningún establecimiento formal vende flores de cannabis a pacientes, el Ministerio de Salud (Minsa) tampoco ha reconocido el derecho a cultivar su propia planta medicinal a los pacientes. Hasta el momento, solo se venden aceites altos en CBD en la farmacia institucional de DIGEMID y en algunas Farmacias Universal, solo en Lima Metropolitana.


[Fuente: sativainfo.pe]


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