Desde que se declaró la emergencia sanitaria a nivel nacional como medida para controlar el Covid-19 en Perú hasta este domingo 10 de mayo del 2020, el Gobierno consideró como personas en grupos de riesgo para el nuevo coronavirus a las mayores de 60 años (sesenta años). Sin embargo, desde ahora las personas que estén entre 60 y 64 años ya no serán consideradas como grupo de riesgo.

La nueva edad mínima para caer en este factor de riesgo para Covid-19 es de 65 años, según el Decreto Supremo N° 083-2020-PCM, aprobado por el presidente Martín Vizcarra y refrendado por el Consejo de Ministros. Esta norma, que prorroga el estado de emergencia nacional ante la pandemia, considera como "Personas en grupos de riesgo para Covid-19" a las que tienen alguna de estas características:

Para estas personas, el Gobierno establece que "solo pueden salir excepcionalmente de su domicilio, siempre que requieran de atención médica urgente o ante una emergencia o, en caso de no tener a ninguna persona de apoyo para ello, para la adquisición de alimentos y medicinas". También pueden salir para el cobro de algún beneficio otorgado por el Estado, para el cobro en una entidad bancaria o la realización de un trámite que exija su presencia física.

El último jueves, el presiden de la Sociedad Nacional de Industrias (SNI), Ricardo Márquez, calificó como "excesivos los plantamientos" del Ministerio de Salud (Minsa) para el reinicio de actividades económicas. 

“Nosotros estamos solicitando conversar con el Ministerio, cuando nosotros decimos lo que estamos hablando es porque consideramos que de alguna u otra manera tenemos que llegar a simplificar esto, porque este es solo un paso, el paso mayor es conseguir mercado y eso no se consigue con decretos”, dijo el representante del gremio empresarial.

En este sentido, el presidente de la SNI dijo que proponían que el Minsa modifique el aspecto relacionado a la edad y solo contemple a los mayores de 65 años dentro de los grupos de riesgo para Covid-19.


Lo que dicen otras normas sobre la edad

El último viernes 8 de mayo del 2020, el Ejecutivo aprobó los lineamientos para el cuidado de trabajadores en el proceso de reanudación de actividades económicas en medio de la emergencia sanitaria por el Covid-19. Este documento (Resolución Ministerial N° 265-2020-MINSA) señaló que dentro de grupos de riesgo estaban las personas mayores de 60 años.

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El pasado 30 de abril del 2020, el Ejecutivo publicó medidas especiales para garantizar la prevención, atención y protección de las personas adultas mayores (de sesenta años) durante la emergencia sanitaria por el Covid-19 (Decreto Legislativo N° 1474). Esta norma señaló que para las personas mayores correspondía trabajo remoto y, en caso este no fuera posible, correspondía que el empleador le otorgue una licencia remunerada con cargo a disposición.

Anteriormente, el pasado 31 de marzo del 2020, el Gobierno aprobó la Directiva Sanitaria para la Vigilancia Epidemiológica de la enfermedad por Covid-19 en Perú (Resolución Ministerial N° 145-2020-MINSA). En este documento, se estableció que las personas mayores de 60 años pertenecían a los grupos de riesgo.


[Foto de portada: Andina]


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