Son un total de 84,345 trabajadores afectados por la "suspensión perfecta de labores" en Perú, informó, este martes, el viceministro de Trabajo, Juan Carlos Requejo. Esta cifra corresponde a los primero seis días de habilitada esta medida.

En un contexto de paralización económica debido a la pandemia del Covid-19, el Gobierno peruano habilitó, el pasado 14 de abril, esta medida "excepcional" que implica que empleadores dejen de pagar a sus empleados, y que estos no tengan obligación de laborar, por un período de hasta tres meses.

Una semana después, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), informa que, hasta el momento, 7,124 empresas han aplicado la suspensión perfecta de labores.

“Al 20 de abril, tenemos 7,124 solicitudes presentadas, que abarcan alrededor de 84,345 trabajadores”, dijo el viceministro de Trabajo durante el cuarto CADEx “Nuevo marco laboral en emergencia sanitaria”, organizado por IPAE.

El viceministro precisó que de ese total, el 75% son trabajadores de empresas de 1 a 10 trabajadores (micro y pequeñas empresas). Por otro lado, el 21% de trabajadores pertenecen a empresas de 11 a 100 empleados y 4% son trabajadores de compañías con más de 100 empleados. 

“Los sectores que más están utilizando esa herramienta de la suspensión perfecta son hoteles y restaurantes (32%), comercio (29%), actividades inmobiliarias (25%), manufactura (13%), transportes (13%) y otros”, afirma Requejo.

El viceministro señaló que los sectores más afectados por el impacto económico del Covid-19 en Perú agrupan a alrededor de 903,000 (novecientos tres mil) trabajadores, que son de restaurantes y hoteles; construcción; comercio al por mayor y menor, y actividades como cines, teatros y otros. 

“De las 309,000 empresas que aparecen registradas en la planilla electrónica del MTPE, 190,000 podrían encontrarse perjudicadas, y de estas últimas 116,000 están vinculadas a los cuatro sectores más afectados”, manifestó.

Respecto a las actividades esenciales por las que algunas empresas están permitidas de operar con regularidad, el viceministro señaló que "al entrar en cuarentena", el MTPE hizo un cálculo de que 2,067,000 (dos millones sesenta y siete mil) trabajadores laboraban en actividades permitidas, y 1,700,000 (un millón setecientos mil) trabajadores laboraban en actividades no permitidas.

Según los decretos publicados por el Gobierno peruano, la verificación de la legalidad de este tipo de suspensión de trabajadores es posterior. En caso el empleador se vea imposibilitado de aplicar trabajo remoto o de otorgar licencia con goce de haber, por la naturaleza de sus actividades o por afectación económica, queda habilitado para aplicar la suspensión y debe enviar declaración jurada al MTPE en la que explique sus motivos. En los treinta días posteriores a esta comunicación, los inspectores de Sunafil deben verificar la documentación enviada por los empleadores. Siete días después, la Autoridad Administrativa de Trabajo debe resolver la solicitud. En caso no se cumpla este plazo, se aplica silencio administrativo positivo, lo que implica que la suspensión queda aprobada.

En Perú, el 72% son trabajadores informales, según un informe con cifras del 2019. La última encuesta de Ipsos Perú señala que 42% de personas se ha quedado sin trabajo o ha dejado de recibir ingresos debido a la crisis provocada por la pandemia del Covid-19.


[Foto de portada: Andina]


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