En la región peruana de La Libertad, hay gran actividad agraria, especialmente la dedicada a la exportación. Para verificar el cumplimiento de los decretos especiales del Ejecutivo para prevenir contagios de Covid-19, la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) inició, el último miércoles, operativos de asistencia técnica en seguridad y salud en el trabajo en 35 empresas agroindustriales.
Estos operativos, cabe precisar, se realizan de manera virtual, ya que la inspección laboral no está contemplada como una "actividad esencial" y la mayoría de inspectores se encuentran cumpliendo la cuarentena y realizando labores mínimas de trabajo remoto. Para ello, los inspectores están enviando correos electrónicos, realizando llamadas telefónicas y videoconferencias.
Como informa el portal NoticiasVirú.com, la Sunafil está pidiendo a las empresas agrarias: "actas del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo para conocer las medidas de prevención ante el COVID 19; los resultados de los exámenes médicos del personal que labora a fin de detectar la población en riesgo que debe estar en sus domicilios; instructivo para el uso de comedores, donde debe indicarse la separación de los trabajadores, entre otros documentos".
Cuando las empresas les brinden la información solicitada, los inspectores la verificarán y contrastarán con las denuncias presentadas por los trabajadores y sus sindicatos. De encontrarse incumplimiento, los inspectores realizarán su labor de forma presencial y podría iniciarse la fiscalización correspondiente.
¿Se está fiscalizando el respeto a derechos laborales en estado de emergencia?
Cuando la noche del 15 de marzo el presidente Martín Vizcarra anunció el estado de emergencia por la pandemia del Covid-19, no precisó si estaba considerando como "actividad esencial" a la fiscalización laboral realizada por la Sunafil.
Esa misma noche, esta institución comunicó a todos sus trabajadores que "todo el personal" iba a tener suspendidas sus labores en cumplimiento de la cuarentena. Ante las denuncias de cientos de trabajadores que señalaron presuntos abusos cometidos por sus empleadores, la Sunafil anunció que sí iba a atender consultas y/o denuncias virtuales y telefónicas.
Sin embargo, la inspección de trabajo no fue incluida en la lista de "actividades esenciales" en el Decreto Supremo N° 044-2020-PCM. Posteriormente se publicaron el Decreto Supremo N° 010-2020-TR, que establece que "la inspección del trabajo ejerce las funciones de vigilancia y exigencia del cumplimiento de las normas sociolaborales durante el Estado de Emergencia".
Además, se emitió la Resolución de Superintendencia N° 074-2020-SUNAFIL, mediante la cual se aprueba el Protocolo N° 003-2020-SUNAFIL/INII, “Protocolo sobre el ejercicio de la función inspectiva, frente a la emergencia sanitaria y estado de emergencia nacional para prevenir la propagación del Coronavirus (Covid-19) en el territorio nacional”.
Para el Sindicato Nacional de Inspectores de Trabajo de la SUNAFIL, el decreto en cuestión no exonera a los inspectores del cumplimiento de la cuarentena y la resolución de superintendencia viola el "principio de jerarquía normativa" y "coloca a los inspectores de trabajo en alto riesgo de contraer el coronavirus".
[Foto de portada: Andina]
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