Uno de los primeros en manifestarse una vez conocido el fallo del Tribunal Constitucional (TC) sobre el hábeas corpus del caso Keiko Fujimori, fue el coordinador del Equipo Especial Lava Jato, Rafael Vela. En entrevista con RPP, el fiscal superior consideró que la resolución es incongruente y sospechoso. Señaló, en esa línea, que la decisión de los cuatro magistrados que apoyaron la revocación de la lideresa fujimorista, Ernesto Blume, José Luis Sardón, Augusto Ferrero y Carlos Ramos, guarda cercanía con criterios políticos, careciendo de legitimidad. 

“Para nosotros resulta ser un fallo incongruente y sospechoso de un alejamiento desde el punto de vista técnico y una cercanía a criterios de orden políticos, porque hay una desvinculación de la argumentación jurídica técnica que correspondería a una decisión tan trascendente”, indicó Vela.

El fiscal afirmó que la decisión de los cuatro magistrados del Tribunal Constitucional “no tienen congruencia en su decisión”, a raíz de que la postura de Carlos Ramos difiere de los otros tres.  “No encontramos una argumentación técnica solida respecto a la decisión del TC. Es un fallo que carece de legitimidad”, expresó Rafael Vela. Asimismo, señaló que la disolución del Congreso no es un factor para desestimar la obstaculización de la justicia. “Es posterior al último voto de la Corte Suprema de Susana Castañeda. No encontramos esta argumentación que se condiga con lo estrictamente legal”, complementó.

Asimismo, consideró que se están “forzando las circunstancias para prevalecer de acuerdo a lo que podrían ser los números de los votos”. Dijo esto en referencia a la resolución del TC que establece, en otro cosas, que “la valoración de una declaración no justifica de manera cualificada la existencia de un elemento de convicción”.

Es importante resaltar el criterio del magistrado Carlos Ramos, quien terminó por incluir la balanza a favor de la excarcelación de Keiko Fujimori. El tribuno afirma que no existen las mismas condiciones hoy que cuando se dictó la prisión preventiva, el 31 de diciembre del año pasado. "Considero que, en el caso de autos, el peligro procesal, determinado aquí por el peligro de obstaculización de la actividad probatoria, no puede ser valorado como idéntico a aquel que sirvió de sustento al momento de dictarse la medida limitativa de la libertad personal de la favorecida", asegura.

Para Ramos, el elemento clave que justifica la libertad de Fujimori es la disolución constitucional del Congreso, decretada por el presidente Martín Vizcarra el 30 de setiembre. Entonces, se acuerdo con su lógica, al ya no existir una mayoría legislativa de Fuerza Popular en ejercicio, la excandidata presidencial ya no cuenta con las herramientas para intervenir en la investigación en su contra.

Como se recuerda que el Poder Judicial dictó prisión preventiva a Keiko Fujimori en octubre de 2018. Solo en la Corte Suprema se redujo el plazo de 36 a 18 meses, pero en el Tribunal Constitucional, Fujimori consiguió su libertad, que se va a realizar próximamente.

(Foto de cabecera: Andina)

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