El fiscal José Domingo Pérez, del equipo especial Lava Jato, criticó este domingo la pertinencia del fallo casatorio que emitió el pasado 11 de abril la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema, a través del cual se endurecen los criterios para aplicar la prisión preventiva para los casos de riesgo de fuga

"Se da una casación en un momento en donde se va a calificar a la casación de la investigada Keiko Fujimori Higuchi. En donde llegamos en un término expectante en las investigaciones de Lavado de Activos y Corrupción de Funcionarios producto de la delación premiada con Odebrecht y nos establece", afirmó en Panorama.

Según el fiscal, esta decisión podría ser usada por los abogados de investigados del caso Lava Jato para liberarlos de la prisión preventiva y eventualmente de sus responsabilidades en el mayor caso de corrupción del país desde la caída del fujimorato. 

"Esta es una casación que no debe ser pasada por agua tibia. Son criterios en los cuales se establece, como lo dice la sumilla, que debe haber la existencia de medios suficientes, tendríamos que acreditar que la persona ya está por fugar […] indigna, preocupa y creo que no podemos seguir siendo tolerantes".

En efecto, la resolución en cuestión se dio a raíz de una casación que presentó y sustentó la abogada Giulliana Loza a favor del hijo del abogado Hernán Costa, Néstor Costa López, a quien la sala suprema que preside el juez César San Martín le revocó la prisión preventiva y se la cambió por comparecencia restringida e impedimento de salida del país.

Costa López es acusado de pertenecer a una organización criminal que se apropió de millones de soles de la ONP a través de juicios de jubilación arreglados. "Hemos logrado que se respete la garantía de la libertad como regla y la detención como excepción. La CS nos ha dado la razón en la casación N° 1445 – 2018, al revocar la prisión preventiva a favor de nuestro patrocinado", celebró la también abogada de Keiko Fujimori el mismo día en que se conoció el fallo casatorio.

La resolución redefine los criterios para aplicar la prisión preventiva. Es decir, ahora la fiscalía debe justificar un riesgo concreto o la existencia de medios suficientes que prueben un peligro real de fuga; es decir, la mera sospecha, la presunción y hasta la especulación sería rechazada por la justicia.   

Así, por ejemplo, para tener arraigo laboral no es necesario un trabajo formal o dependiente, sino solo probar la existencia de una actividad concreta por la que perciba ingresos para mantenerse; además el hecho de tener pasaporte o haber viajado al extranjero no son indicios de peligro de fuga; tampoco tener más de una propiedad o múltiples domicilios.

El caso de Keiko

En el Equipo Especial Lava Jato esperan que la abogada Loza use el citado fallo casatorio este 26 de abril, cuando la misma suprema que liberó a Costa López, presidida por César San Martín e integrada por Aldo Figueroa, Hugo Príncipe, Iván Sequeiros y Zavina Chávez, tenga que resolver también la casación contra la prisión preventiva de 36 meses que cumple Keiko Fujimori por el caso Lava Jato.

También llama la atención en la fiscalía la rapidez que con se resolvió la casación en el caso de defraudación y lavado contra la ONP, que además está vinculado a la investigación de ‘Los Cuellos Blancos del Puerto’. "Normalmente, el 95% de las casaciones son declaradas improcedentes, esta es admitida mientras que la casación contra el impedimento de salida de Jaime Yoshiyama tiene un año sin calificar", señaló una fuente del Ministerio Público que cita La República.

Loza y Keiko durante una audiencia pasada. (Convoca)

El otro tema que ha disparado las alarmas en el equipo especial es que para resolver el pedido de libertad de Keiko Fujimori, el juez San Martín se inhibió porque fue quien sentenció a su padre Alberto Fujimori, por lo que la Sala Penal Permanente quedará a cargo de su colega Aldo Figueroa Navarro, vinculado a ‘Los Cuellos Blancos’, según la investigación de la fiscal Sandra Castro.  

La sala también está conformada por la jueza Chávez Mella, quien integró la Segunda Sala Penal Transitoria cuando estuvo presidida por el exjuez César Hinostroza Pariachi, sindicado cabecilla de esa mafia judial que esta con libertad condiciona en España a la espera de su extradición.

Para el abogado penalista Carlos Caro, la casación 1445 referida al caso de la ONP es un precedente que si bien puede ayudar a la causa de Loza para lograr la excarcelación de Keiko Fujimori, no es definitiva, porque no menciona el tema de la obstrucción a la justicia, que fue el argumento de peso que la fiscalía logró probar y por el que se dictó prisión preventiva a la jefa de Fuerza Popular. "No es una decisión vinculante. Cuando la Sala Penal Nacional confirmó la detención de Fujimori lo hizo sobre la base a considerar que el peligro está por la existencia de una organización criminal que da lugar a la presunción del peligro procesal", dijo.

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