El Segundo Juzgado Constitucional Transitorio de Lima admitió a trámite una acción de amparo presentada por el por el Instituto Prensa y Sociedad (IPYS) contra la ley que prohíbe cualquier tipo de publicidad estatal en medios privados de comunicación. El Juzgado constitucional dio al Congreso un plazo de cinco días hábiles para que responda. La demanda fue recibida el 27 de agosto pasado.
El IPYS interpuso este recurso porque considera que la norma es incompatible con el derecho de acceso a la información pública, entre otros. Además, alega que se afecta el “libre desarrollo de la personalidad, a la salud, a la seguridad y a la educación”.
“Este juzgado estima que los hechos alegados por la parte recurrente tendrían incidencia constitucional directa en los derechos invocados. En tales circunstancias, corresponde admitir a trámite la demanda con el objeto de examinar, entre otros aspectos, si habría vulneración de los derechos constitucionales”, indica la resolución refrendada por la jueza Elizabeth Salas Fuentes.
A mediados de octubre, el Tribunal Constitucional (TC) emitirá la sentencia sobre la también denominada ‘Ley Mordaza’ ante las demandas de inconstitucionalidad presentadas por el Ejecutivo y la bancada de Peruanos por el Kambio (Ppk) contra de la ley de autoría del aprista Mauricio Mulder y que contó con el respaldo de la bancada de Fuerza Popular para su aprobación por insistencia en el Congreso.
La también denominada ‘Ley Mulder’ prohíbe al Estado contratar publicidad en los medios de comunicación privados con el propósito de resguardar el buen uso de los recursos públicos.La publicidad estatal solo puede ser contratada en caso de desastres naturales o con motivo de campañas de educación electoral en época de comicios.
DATO
> El pasado 24 de agosto, el TC dejó al voto las demandas de inconstitucionalidad presentadas contra la norma.
(Foto de cabecera: Andina)
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